Subvenciones para la realizacion de actividades formativas en el sector del transporte publico por carretera.- Convocatoria 2012.- Modificación.

Código de ayuda:

S32964/12

Norma:

ORDEN de 27 de agosto de 2012. ORDEN de 19 de octubre de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/10/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La realización de actividades formativas relacionadas con el transporte por carretera, dirigidas a trabajadores y empresarios de la Comunidad de Madrid.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Formación
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Transportes e Infraestructuras (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención cubrirá el 90 por 100 de todos los gastos presupuestados y efectivamente realizados, excluido IVA, dentro de los contemplados en el artículo 4, hasta un máximo de 20.000 euros por beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones profesionales de transportistas y de empresas de actividades auxiliares y complementarias del transporte, así como las federaciones integradas de modo exclusivo por dichas asociaciones y las organizaciones sindicales, en todos los casos con implantación efectiva en el sector del transporte por carretera de la Comunidad de Madrid.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención los siguientes gastos, siempre que hayan sido realizados en el período comprendido entre 1 de enero y 31 de octubre del año de convocatoria:

a) En la realización de cursos y jornadas, los de profesorado o ponentes, material didáctico y fungible, alquiler de instalaciones, equipos y útiles de trabajo, seguros, dirección y coordinación, y difusión y publicidad de la acción formativa.

b) En la edición de libros u otros materiales, los de elaboración, edición, coordinación y difusión y publicidad de los mismos.

Requisitos:

a) Realizar alguna de las actividades que se indican a continuación:

— Desarrollo de cursos o jornadas sobre materias relacionadas con el transporte, o sobre otras que resulten de utilidad para la gestión de una empresa de transporte por carretera o el desempeño de un puesto de trabajo en la misma.

— Edición de libros u otros materiales de finalidad formativa sobre las materias mencionadas en el apartado anterior, con la exclusión de folletos y de aquellos otros cuyo contenido consista en su mayor parte en una recopilación de normas.

b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no tener deudas o sanciones de naturaleza tributaria con la Comunidad de Madrid, salvo que estén debidamente garantizadas.

c) No hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones contempladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) No superar la ayuda máxima permitida por el régimen de mínimis.

Documentos asociados

Boletín: 03/09/2012
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 210
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2012 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 23/10/2012
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 253
Documento: Modificación Descargar Documento