Subvenciones para la realizacion de actividades federativas e inversiones.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S28719/12

Norma:

ORDEN CYT/601/2012, de 20 de julio. Orden CYT/201/2009, de 4 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/08/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, para el año 2012, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para la realización de actividades federativas e inversiones, con la finalidad de contribuir al fomento del deporte de competición y colaborar con las federaciones deportivas de Castilla y León en la consecución de sus objetivos deportivos.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Cultura y Turismo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La cuantía de las subvenciones se determinará de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, pudiendo alcanzar su importe el 100% de la cantidad solicitada.

2. El importe de la subvención a conceder, con el límite de la cantidad solicitada, será proporcional a la puntuación obtenida en aplicación de los criterios de valoración establecidos en el artículo 9 de la orden por la que se establecen las bases reguladoras.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las federaciones deportivas de Castilla y León que, en la fecha de publicación de la presente convocatoria
en el «Boletín Oficial de Castilla y León», se encuentren inscritas en el registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Castilla y León.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A) Gastos relativos a programación, coordinación y ejecución de actividades federativas en su ámbito de competencia.

Dichos gastos incluyen los siguientes conceptos:

a) Licencias, seguros deportivos u otros e inscripciones.

b) Ayudas y dietas a los miembros integrados en la Federación (deportistas, técnicos y entrenadores, jueces y árbitros, entidades deportivas, y en su caso otras personas físicas o jurídicas).

Dichas ayudas podrán destinarse a gastos de alojamiento, manutención y desplazamiento para la participación y/u organización de las actividades federativas.

c) Premios tanto en metálico como en especie, y trofeos.

d) Salarios percibidos por las personas sujetas a una relación laboral permanente con la Federación.

e) Pagos a profesionales por los servicios prestados como consecuencia de la realización de actividades federativas.

f) Otros gastos que se recojan expresamente en el presupuesto presentado por la Federación y que haya sido aceptado por la Dirección General de Deportes.

B) Inversiones.

Dichos gastos incluyen los siguientes conceptos:

a) Obras de reparación, mejora y conservación de las sedes sociales e instalaciones deportivas propiedad del beneficiario o arrendadas por él.

b) Adquisición de material inventariable.

C) Gastos corrientes. Se podrá destinar un máximo del 30% de la subvención total concedida para abonar los gastos corrientes que se enumeran a continuación: Material no inventariable, luz, energía, teléfono, envíos y alquiler y limpieza de sedes.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiario las federaciones deportivas de Castilla y León en las que concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 09/02/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 26
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 27/07/2012
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 144
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento