Subvenciones para la realización de actividades etnográficas - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S45991/05

Norma:

ORDEN de 31 de agosto de 2005. RESOLUCIÓN de 16 de febrero de 2007. Resolucion de 20 de mayo de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/07/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se efectúa, para el ejercicio 2009, convocatoria para la concesión de subvenciones para actividades etnográficas en régimen de concurrencia competitiva, que se rige por lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Cultura de 31 de agosto de 2005 (BOJA núm. 181, de 15 de septiembre), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de actividades etnográficas, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, en la Ley 3/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento que regula los procedimiento para la concesión de subvenciones y ayudas publicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico y en la Orden de 8 de enero de 2008, por la que se regula la tramitación electrónica en los procedimientos de concesión de subvenciones y demás normativa que le sea de aplicación.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Cultura (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

a) Los investigadores en Etnografía o Antropología Social, individualmente o como Director de un equipo de investigación etnográfica y en su representación.
b) El personal investigador adscrito a Departamentos o Institutos de las Universidades Españolas dedicados a la investigación etnográfica.
c) Los investigadores de los Institutos del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC).

Sólo podrá concederse a cada investigador subvención para la realización de una actividad etnográfica.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Investigación etnográfica sistemática, consistente en la obtención y ordenación de datos y el análisis en profundidad de un hecho cultural.
b) Prospección etnográfica, consistente en una cata o primera aproximación a un hecho cultural.
c) Actuación etnográfica de documentación, mediante la utilización de la planimetría, la fotografía o cualquier otro medio audiovisual.
d) Estudio de materiales etnográficos depositados en los Museos de la Comunidad Autónoma y del patrimonio documental de interés etnográfico existente en los archivos de la misma.

Documentos asociados

Boletín: 15/09/2005
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 181
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Solicitud Descargar Documento
Boletín: 19/03/2007
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 55
Documento: Convocatoria 2007 Descargar Documento
Boletín: 18/06/2009
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 116
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento