Subvenciones para la realización de actividades arqueológicas y paleontológicas.

Código de ayuda:

S12091/04

Norma:

Decreto Foral 77/2004, de 20 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/10/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La realización de actividades arqueológicas y paleontológicas en el Territorio Histórico de Vizcaya que se hagan necesarias como consecuencia de cualquier tipo de obras que afecten a zonas o bienes arqueológicos calificados, inventariados, de presunción arqueológica o que consten en los archivos de la Dirección General de Cultura del Gobierno Vasco como bienes calificables e inventariables, y que se hagan necesarias como consecuencia de hallazgos casuales, que se realicen a lo largo del año 2004.

Categorías Subvención

  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Diputación Foral de Vizcaya (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

No podrá superar la menor de las cantidades siguientes:
a) El 50 por 100 del presupuesto del proyecto global presentado en actividades necesarias como consecuencia de cualquier tipo de obras que afecten a zonas o bienes arqueológicos calificados, inventariados, que afecten a zonas, solares o edificaciones en que se presuma la existencia de restos arqueológicos, o que consten en los archivos de la Dirección General de Cultura del Gobierno Vasco como bienes calificables e inventariables.
b) El 100 por 100 del presupuesto del proyecto global presentado en actividades necesarias como consecuencia de hallazgos casuales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas privadas que hayan previsto realizar la actividad que fundamenta el otorgamiento de la subvención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las siguientes actividades:
a) Prospección arqueológica.
b) Control arqueológico.
c) Sondeos arqueológicos y/o paleontológicos.
d) Excavación arqueológica.
e) Estudios arqueológicos y/o paleontológicos.

Requisitos:

Deberán acreditar tener título jurídico adecuado y suficiente para la realización de la actividad, haber obtenido o estar en trámite de obtención de las autorizaciones, licencias y permisos que dicha actividad requiera y el cumplimiento de los requisitos que con carácter general establece la normativa foral en materia de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 29/04/2004
BO Provincia de Vizcaya- Nº 80
Documento: Convocatoria Descargar Documento