Subvenciones para la realización de acciones formativas con compromiso de contratación dirigidas a trabajadores y trabajadoras desempleadas de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en el marco del Decreto 82/2016, de 31 de mayo, por el que se ordena la Formación Profesional para el Empleo en Euskadi.

Código de ayuda:

S00591/22

Norma:

DECRETO 82/2016, de 31 de mayo. RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de octubre de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular para el año 2022 de las ayudas destinadas a la financiación de las acciones formativas con compromiso de contratación dirigidas a los trabajadores y trabajadoras desempleadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en el marco del Decreto 82/2016, de 31 de mayo, por el que se ordena la Formación Profesional para el Empleo en Euskadi.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Trabajo y Empleo (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

a) Las Empresas con centro de trabajo en la Comunidad Autónoma del País Vasco, independientemente de su forma jurídica, que comprometan para sí mismas la realización de contratos de trabajo. Quedarán excluidas las Empresas de Trabajo Temporal, Empresas de Outsourcing y Empresas de multiservicios de personal.

b) Las Entidades de formación, privadas o públicas, acreditadas y/o inscritas a la fecha de presentación de la solicitud de la acción formativa en el Registro de Entidades de Formación gestionado por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, en cualquier otro Registro de Entidades de Formación para el empleo de carácter autonómico o en el registro Estatal de entidades de Formación, para la impartición de las especialidades a las que corresponden las acciones formativas por las que solicitan subvención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las acciones formativas programables se clasifican de la siguiente manera:

a) Formación acreditable: acciones asociadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones profesionales, dirigidas a la obtención de Certificados de profesionalidad, que pueden ser programadas por itinerarios completos, cuando lo hacen por la totalidad de las horas de la especialidad, o por módulos formativos. Pueden ser de nivel 1, 2 o 3 de cualificación.

b) Formación no acreditable cualificante: son las acciones formativas cualificantes no asociadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Estas acciones van dirigidas a responder y/o anticipar las necesidades de cualificación del sistema productivo, en especial las orientadas al desarrollo de los sectores más innovadores y/o con mejores perspectivas de empleo o necesidades vinculadas con sectores productivos que tengan regulaciones específicas (carnets profesionales).

c) Asimismo, se podrán programar especialidades no incluidas en el Anexo, que formen parte del Catálogo de Especialidades de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, para atender otras necesidades formativas específicas de las empresas.

Documentos asociados

Boletín: 07/06/2016
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 107
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 31/12/2021
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 262
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento