Subvenciones para la realización de acciones de sensibilización y promoción de la Economía Social.

Código de ayuda:

S47873/18

Norma:

RESOLUCIÓN 2297/2018, de 20 de agosto. RESOLUCIÓN 351/2019, de 19 de abril. RESOLUCIÓN 203/2020, de 6 de marzo. RESOLUCIÓN 34 /2021, de 11 de febrero.

Plazo de Solicitud:

15 días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la autorización de gasto.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 30.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de estas bases es regular las condiciones y requisitos para la concesión de subvenciones para empresas y entidades sin ánimo de lucro relacionadas con la economía social, para la realización de acciones de sensibilización y promoción de la economía social.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación empresarial
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención será del 100% del coste del proyecto, con un límite máximo de 30.000 euros por proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Podrán acceder a las subvenciones reguladas por estas bases las Organizaciones representativas de las diferentes tipologías de empresas de economía social en Navarra, para lo cual deberán estar legalmente
constituidas y tener su domicilio fiscal y centro de trabajo en Navarra.

2. Podrán ser, también, beneficiarias de estas subvenciones las Agrupaciones de las Organizaciones señaladas en el punto anterior, aun careciendo de personalidad jurídica. En este supuesto, deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios.

En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.

3. Otras Empresas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se podrán subvencionar las acciones de sensibilización y promoción de la economía social dirigidas a:

a) Difundir entre la población emprendedora, prescriptores y el tejido empresarial el papel de la Economía Social, fomentar su reconocimiento y transmitir sus principios y funcionamiento según los valores de la economía social.

A los efectos de esta convocatoria se consideran prescriptores a las entidades financieras, asesores de empresas, agencias de desarrollo, entidades locales, entidades de apoyo al emprendimiento, centros educativos, empresas de Economía Social, entidades que desarrollan actividades para la inserción laboral y aquellos otros que puedan tener relación con personas potencialmente emprendedoras y capacidad de informar y recomendar la empresa de Economía Social como modelo de emprendimiento.

b) Fomentar en las empresas de Economía Social el desarrollo e implantación de los principios de la Economía Social en su funcionamiento y estrategia, a través de herramientas y metodología que respondan a
dichos principios integrables en el Modelo de Gestión Avanzada.

c) Informar y sensibilizar a la ciudadanía sobre el nuevo modelo económico.

Documentos asociados

Boletín: 17/09/2018
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