Subvenciones para la realizacion de acciones de formacion profesional para el empleo con compromiso de contratacion.

Código de ayuda:

S41891/09

Norma:

Orden de 15 de mayo de 2009.

Plazo de Solicitud:

Según convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Mediante la presente Orden se establecen las bases reguladoras para la concesión por el Servicio Andaluz de Empleo de subvenciones públicas destinadas a la realización de acciones de Formación Profesional para el Empleo que incluyan un compromiso de contratación del porcentaje de participantes formados que se establezca en la correspondiente Resolución o Convenio, en centros de trabajo radicados en el territorio de
la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las entidades locales, empresas públicas, empresas privadas y personas jurídicas sin ánimo de lucro que
tengan entre sus fines la formación o inserción laboral, así como cualquier persona física y las empresas, sus asociaciones u otras entidades que suscriban compromisos de contratación y que estén establecidas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y que hayan sido realizados y efectivamente pagados desde la fecha de inicio del período de ejecución de la acción subvencionada fijada en la Resolución de concesión o Convenio hasta la finalización del plazo de justificación. Se considerarán costes subvencionables los costes directos y los costes asociados, que se especifican en el Anexo II de esta Orden.

Documentos asociados

Boletín: 28/05/2009
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 101
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento