Subvenciones para la realización de Proyectos de Actividades de Carácter Educativo de la Tercera Edad.

Código de ayuda:

S13800/05

Norma:

Orden EDU 18/2005, de 16 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/04/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvencionar mediante el procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva, la realización de proyectos de
actividades de carácter educativo de la Tercera Edad.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Educación y Formación Profesional (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Instituciones sin fines de lucro de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que trabajen con personas de la denominada Tercera Edad, que:
a) Estén legalmente constituidas, o que hayan presentado a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes la documentación relativa a la adaptación de sus Estatutos a la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
b) Y que hayan justificado al término del plazo de presentación de solicitudes las subvenciones recibidas con anterioridad cuyo plazo de justificación haya finalizado y no se encuentren pendientes del cumplimiento de sus obligaciones con la Comunidad Autónoma de Cantabria.

2.- La Universidad Nacional Aulas de la Tercera Edad de Cantabria (UNATE), así como sus extensiones, no podrán ser subvencionadas a través de la presente Orden, tal y como se desprende de la estipulación primera del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria y la Universidad Nacional de Aulas de la Tercera Edad de Cantabria (UNATE).

3.- No podrán tener la condición de beneficiarias aquellas instituciones sin fines de lucro incursas en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los conceptos de gasto inherentes a las actividades del proyecto y en los conceptos que se indican a continuación:
- Ponentes (charlas, coloquios, conferencias, monitores, etc).
- Material fungible.
- Alquiler de material.
- Edición de revistas, periódicos, etc.

No se incluirán en esta convocatoria aquellos proyectos de actividades que, por su especificidad, sean objeto de subvención de otras órdenes de ésta u otras Consejerías, ni se subvencionaran gastos de inversiones en infraestructura y/o equipamiento (informático, audiovisual, etc), ni aquellos de carácter lúdico, recreativo y asistencial (fisioterapeuta, gimnasia, etc) ni gastos generales de funcionamiento de las entidades solicitantes.

Documentos asociados

Boletín: 04/04/2005
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 63
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento