Subvenciones para la realización de Proyectos de Actividades «Sevilla Solidaria 2004».

Código de ayuda:

S21582/04

Norma:

Sesión de 1 de julio de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las subvenciones de la Delegación de Bienestar Social en régimen de concurrencia competitiva a entidades privadas
sin ánimo de lucro, que desarrollen proyectos de acción social en el municipio de Sevilla.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Ayuntamiento de Sevilla (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

I. PROYECTOS DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS A LOS SERVICIOS SOCIALES.
Se establece una subvención máxima por proyectos que será:
– Hasta 12.000 euros en los Proyectos presentados dentro de la opción de los Servicios Sociales Comunitarios.
– Sin límite en los Proyectos presentados dentro de la opción de Servicios Sociales Especializados.
Todo ello sin que en ningún caso sumado a las diferentes subvenciones o ayudas procedentes de cualquier otra Administración Pública o entes públicos o privados, para la realización del mismo proyecto, pueda superar el 100% de la financiación del proyecto.

II. PROYECTOS DE ACTIVIDADES DE ACCIÓN VOLUNTARIA ORGANIZADA EN EL ÁMBITO DEL ÁREA DE BIENESTAR SOCIAL.
Se establece una subvención máxima por proyectos que será:
– Hasta 12.000 euros en los Proyectos presentados dentro de la opción de los Servicios Sociales Comunitarios.
– Hasta 12.000 euros en los Proyectos presentados dentro de la opción de Servicios Sociales Especializados.
Todo ello sin que en ningún caso sumado a las diferentes subvenciones o ayudas procedentes de cualquier otra Administración Pública o entes públicos o privados, para la realización del mismo proyecto, pueda superar el 100% de la financiación del proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades privadas sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

I. PROYECTOS DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS A LOS SERVICIOS SOCIALES.
Los solicitantes deberán optar por una de las siguientes opciones:

Opción 1.ª Servicios Sociales Comunitarios.
Serán aquellos en que su ámbito y previsible complementariedad están referida a los servicios sociales comunitarios y las prestaciones básicas que en ellos se aplican y desarrollan.
Deberán encuadrarse dentro de los siguientes ámbitos:
A) Sectores de población.
1. Sector de infancia, adolescencia y familias.
2. Sector de personas mayores.
B) Población general de un determinado territorio.

Opción 2.ª Servicios Sociales Especializados.
Son servicios sociales especializados que se dirigen hacia determinados sectores de la población, que por sus características o circunstancias, necesitan de una atención específica y/o especializada, y que se estructuran en el territorio, actualmente, de acuerdo con las necesidades y características de cada uno de ellos.
Podrán presentarse por los solicitantes como máximo 3 proyectos por sector de población, y que deberán encuadrarse dentro de los siguientes:
1. Sector personas sin hogar.
2. Sector chabolismo.
3. Sector personas discapacitadas.


II. PROYECTOS DE ACTIVIDADES DE ACCIÓN VOLUNTARIA ORGANIZADA EN EL ÁMBITO DEL ÁREA DE BIENESTAR SOCIAL.
Los proyectos responderán a alguna de las siguientes áreas:
– Formación dirigida a los voluntarios/as.
– Sensibilización de la sociedad sevillana hacia el voluntariado y sus organizaciones.
– Promoción y captación del voluntariado.
– Facilitar la acción solidaria.

Los solicitantes deberán optar por una de las siguientes opciones:
Opción 1.ª Servicios Sociales Comunitarios.
Podrán presentarse por los solicitantes como máximo un proyecto, por Unidad de Trabajo Social, y que deberá encuadrarse dentro de los siguientes ámbitos:
A) Sectores de población.
1. Sector de infancia, adolescencia y familias.
2. Sector personas mayores.
B) Población general de un determinado territorio.

Opción 2.ª Servicios Sociales Especializados.
Podrán presentarse por los solicitantes como máximo tres proyectos por sector de población, y que deberá encuadrarse dentro de los siguientes:
1. Sector personas sin hogar.
2. Sector chabolismo.
3. Sector personas discapacitadas.

Requisitos:

1.º) Tener capacidad de obrar y encontrarse constituidas formalmente con arreglo a su normativa específica, en su caso.
2.º) Acreditar que su objeto tiene relación directa con los fines y objetivos de esta Convocatoria.
3.º) No incurrir en ninguna de las circunstancias que incapacitan para contratar o conveniar con la Administración, previstas en el artículo 20 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Reglamento de Subvenciones del Ayuntamiento de Sevilla.
4.º) Estar inscritos en el Registro Oficial correspondiente al objeto de su actividad. Cuando fueran Asociaciones o Entidades Ciudadanas constituirá requisito esencial adicional el hallarse inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sevilla.
5.º) Haber justificado correctamente y en el plazo establecido en la correspondiente resolución de concesión, cualquier subvención anterior concedida por el Ayuntamiento de Sevilla.

Documentos asociados

Boletín: 30/08/2004
BO Provincia de Sevilla- Nº 201
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 30/08/2004
BO Provincia de Sevilla- Nº 201
Documento: Anexos Descargar Documento