Subvenciones para la puesta en práctica de programas integrados de empleo de Galicia.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S32182/18

Norma:

ORDEN de 31 de mayo de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de julio de 2018.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 2.500

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las subvenciones reguladas en la presente orden tendrán por objeto la financiación de programas de empleo dirigidos a la mejora de la ocupabilidad y a la inserción laboral de las personas trabajadoras en situación
de desempleo mediante la puesta en marcha de programas integrados de empleo (procedimiento TR332A) con intermediación laboral, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia y durante un período de 12 meses.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la subvención que se concederá será de 2.500 euros por cada persona desempleada participante.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones para el desarrollo de los programas regulados en la orden:

a) Los ayuntamientos, mancomunidades de ayuntamientos o entidades públicas dependientes o vinculadas a un ayuntamiento, cuya titularidad corresponda íntegramente a éste, siempre que por sí solos o asociados tengan un promedio de paro registrado en el año 2017 superior a 500 personas o formen parte de una agrupación que comprenda, al menos, a tres ayuntamientos limítrofes gallegos (o a dos en caso de que uno de ellos proceda de la fusión de ayuntamientos).

b) Las entidades con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro.

Todas ellas deberán acreditar experiencia en la realización de acciones dirigidas al acompañamiento de las personas en situación de desempleo en procesos de inserción laboral por cuenta ajena o propia.

No podrán ser entidades beneficiarias aquellas en las que concurra alguna de las causas expresadas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Información, orientación y asesoramiento.

b) Formación transversal en nuevas tecnologías y/o idiomas.

c) Técnicas de coaching, inteligencia emocional y técnicas de motivación para la busca de empleo, tanto por cuenta propia como ajena.

d) Habilidades sociolaborales y talleres de entrevista.

e) Fomento de la capacidad emprendedora.

f) Prospección empresarial.

g) Emparejamiento de ofertas de trabajo con las personas demandantes de empleo participantes.

h) Formación para el empleo, distinta a la prevista en el apartado b).

El total de horas formativas que se les deberá ofertar a las personas demandantes que formen parte del programa deberá ser como mínimo de 300 horas. Los datos relativos a esta formación y a la mencionada en el apartado b) deberán ser facilitados al servicio gestor de las ayudas bien por la entidad beneficiaria bien por las entidades que impartan la formación según el procedimiento que se establezca en las instrucciones que se publicarán en la web institucional.

i) Prácticas profesionales no laborales en empresas en consonancia, preferentemente, con el contenido teórico-práctico de las acciones formativas.

j) Talleres sobre movilidad laboral que proporcionen información de los recursos disponibles de movilidad trasnacional en el territorio de la Unión Europea (red Eures), así como otros que informen a las personas usuarias de las posibilidades de inserción laboral al ampliar el ámbito geográfico de busca de empleo fuera del ayuntamiento de residencia.

Documentos asociados

Boletín: 21/06/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 118
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 21/06/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 118
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento