Subvenciones para la puesta en práctica de Programas Experimentales de Empleo.

Código de ayuda:

S28682/04

Norma:

Orden de 9 de diciembre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/01/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La mejora de la ocupabilidad e integración de desempleados señalados como prioritarios en la definición anual del Plan Nacional de Acción para el Empleo, entre los que se encuentran: discapacitados, inmigrantes, mujeres con problemas de integración laboral y trabajadores desempleados en situación de riesgo de exclusión social, así como perceptores de prestaciones, subsidios por desempleo o de la renta activa de inserción.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La financiación total se determinará en el correspondiente Convenio de colaboración, en función del número de personas a atender y objetivos previstos de inserción, sin que la cantidad a percibir pueda ser superior a 1.800 euros por persona atendida y 5.400 euros por persona atendida e insertada en el mercado de trabajo.
En ningún caso, teniendo en cuenta ambos parámetros, podrá percibirse una cantidad superior a 2.400 euros de promedio por desempleado objeto del programa.
En el Convenio se establecerá una reducción en el importe total de la subvención si no se consiguen los objetivos previstos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las personas jurídicas sin ánimo de lucro que acrediten experiencia en la realización de acciones que vayan dirigidas al acompañamiento a los desempleados en procesos de inserción laboral por cuenta ajena o propia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los siguientes programas:
1. Programas experimentales para desempleados, preferentemente perceptores de prestaciones.
2. Programas experimentales para desempleados admitidos al programa de la Renta Activa de Inserción.

En ambos casos, y con carácter general, se considerará que dicha inserción laboral se ha conseguido cuando, durante la vigencia del programa experimental de empleo, el desempleado sea contratado como trabajador por cuenta ajena por una duración no inferior a seis meses.

Los planes integrales de empleo se articularán a partir de la firma del correspondiente Convenio de colaboración entre el Servicio Cántabro de Empleo y la Entidad beneficiaria del mismo.

La subvención determinada en el Convenio irá destinada a cubrir los gastos de la Entidad relativos a:
a) Los costes salariales y de seguridad social del personal necesario para apoyo y/o formación de los demandantes de empleo, incluyendo el que presta servicios en la Entidad beneficiaria, y aquellos otros que pudieran contratarse para tal fin, hasta un límite de 42.000 euros anuales por trabajador (con una relación laboral a tiempo completo, reduciéndose la cuantía en proporción a la jornada desarrollada en las relaciones de trabajo a tiempo parcial).
En el primer caso se imputarán al programa las partes proporcionales del tiempo efectivamente dedicado al proyecto.
b) Gastos de dietas y desplazamientos de dicho personal, y de los demandantes que participan en el plan, en cuantía y con los límites establecidos para el personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, según categorías profesionales.
c) Gastos derivados de la contratación de medios externos dirigidos a la formación de los desempleados participantes en el plan, así como las pólizas de seguros para la formación técnica y prácticas ocupacionales de los mismos en caso necesario.
d) Gastos de amortización de materiales y equipos técnicos necesarios para impartir la formación.
e) Gastos generales, materiales y técnicos, con el límite del 25 por 100 del coste total del proyecto.
Estos gastos incluyen los siguientes:
1) Gastos de ejecución de material técnico (guías, documentación para el participante...) y de ejecución en material de oficina.
2) Gastos generales necesarios para la ejecución de las acciones en la parte correspondiente a esa ejecución:
Arrendamientos (excluido «leasing»): edificios, mobiliario, enseres y equipos de arrendamiento.
Mantenimiento (si no está incluido en el arrendamiento).
Suministro de energía eléctrica, agua, combustible para calefacción (si no está incluido en el arrendamiento).
Comunicaciones (teléfono, correos, ...).
Limpieza.
Seguridad, vigilancia.
Seguros de responsabilidad civil.
Otros gastos de funcionamiento necesarios, cuando así se determine en el Convenio de colaboración o el Servicio Cántabro de Empleo los considere justificados.

Documentos asociados

Boletín: 27/12/2004
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 248
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento