Subvenciones para la puesta en marcha de iniciativas empresariales en el año 2004.

Código de ayuda:

S11291/04

Norma:

Sesión de 5 de abril de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/05/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Sufragar los gastos de constitución, puesta en marcha e inicio de la actividad de los nuevos proyectos empresariales innovadores, generadores de empleo, que utilicen recursos locales ociosos o infrautilizados.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Cabildo Insular de Tenerife (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Sin especificar.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los promotores/as de proyectos empresariales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.- Gastos de constitución.- Tendrán tal consideración los siguientes gastos:
- Honorarios de letrados, notarios y registradores.
- Impresión de memorias, boletines y títulos.
- Tributos, publicidad, comisiones y otros gastos de colocación de títulos, etc., ocasionados con motivo de la constitución.

2.- Gastos de primer establecimiento.- Se considerarán como tales:
- Honorarios, gastos de viaje y otros para estudios previos de naturaleza técnica y económica, publicidad de lanzamiento, captación, adiestramiento y distribución del personal, etc., ocasionados con motivo del establecimiento.

3.- Los gastos incluidos en la Cuenta 62 del Plan Contable ocasionados en el inicio de la actividad que se relacionan a continuación:
- Gastos de investigación y desarrollo del ejercicio.
- Arrendamientos y cánones.
- Reparación y conservación.
- Servicios de profesionales independientes. Estos gastos no podrán superar el 25% de la inversión total, con un límite máximo de 1.200,00 euros.
- Publicidad, propaganda y relaciones públicas.
- Suministros.
- Otros servicios.

4.- El importe de los tributos de puesta en marcha e inicio de la actividad, donde se incluirían:
- Las Tasas y Licencias Municipales.

5.- Gastos de naturaleza social, como:
- Los gastos en formación de los trabajadores, primas por contratos de seguros sobre la vida, accidentes, enfermedad, etc. excepto las cuotas de la Seguridad Social.

6.- Derechos abonados por traspaso de local.

Requisitos:

- Empresas de nueva creación que se vayan a ubicar en Tenerife (empresas que no hayan iniciado su actividad, entendiendo como inicio de la actividad la fecha fijada en el modelo 036 de declaración censal, ni calificadas previamente como I+E).
- Proyectos empresariales que reúnan condiciones de viabilidad técnica, económica y financiera y generen puestos de trabajo estables. A efectos de valorar este requisito, se deberá presentar una memoria que debe recoger, al menos, los contenidos que se incluyen en el anexo III.
- Proyectos cuya plantilla prevista al constituirse en empresas, no sea superior a veinticinco trabajadores.
- No haber recibido de esta Corporación una ayuda con este mismo fin durante el presente ejercicio.
- Se priorizarán aquellos proyectos cuya actividad económica se encuadre en el ámbito de los nuevos yacimientos de empleo, y aquellos cuya actividad económica sea tradicional en la zona, cubriendo necesidades no satisfechas en la estructura existente.

Documentos asociados

Boletín: 21/04/2004
BO Provincia de Tenerife- Nº 52
Documento: Convocatoria Descargar Documento