Subvenciones para la promoción y proyección internacional de las organizaciones catalanas correspondientes al ejercicio 2008 - II Convocatoria.

Código de ayuda:

S11964/08

Norma:

RESOLUCIÓN VCP/679/2008, de 25 de febrero. ORDEN VCP/51/2008, de 13 de febrero. RESOLUCION VCP/2464/2008, de 22 de julio,

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/08/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La promoción y proyección internacional de organizaciones catalanas correspondientes al año 2008.

Las subvenciones previstas en esta convocatoria se rigen por la Orden VCP/51/2008, de 13 de febrero (DOGC núm. 5075, de 21.2.2008), por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones para la promoción y proyección internacional de las organizaciones catalanas, por la normativa general de subvenciones y por lo que dispone esta convocatoria.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de la Vicepresidencia (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Pueden optar a las subvenciones las organizaciones privadas, sin finalidad de lucro, de ámbito territorial catalán, inscritas en cualquiera de los registros públicos de la Generalidad de Cataluña, que sean miembros de una organización europea o internacional de su sector de actividad, así como las que se promuevan como miembros de las mismas o las que lleven a cabo actividades con proyección internacional
significativa en el marco de su sector de actividad.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El procedimiento para la concesión de subvenciones que tengan como finalidad la promoción internacional de las organizaciones catalanas, sin ánimo de lucro, que comporte una proyección exterior de su actividad e indirectamente, en tanto que entidades de ámbito territorial catalán, la proyección de Cataluña en el marco de cumplimiento de sus objetivos.
Estas subvenciones se pueden conceder para los conceptos específicos recogidos en las diversas líneas de subvenciones:

Línea A de subvenciones:
a) Pago de cuotas de afiliación de la organización catalana, derivadas de su condición como miembro de organizaciones europeas o internacionales de su ámbito de actividad, sea cual sea.
b) Viajes y dietas de representantes de las organizaciones catalanas, derivados de su asistencia a reuniones a los órganos de las organizaciones europeas o internacionales de las cuales sean miembros.
c) Establecimiento en Cataluña de la sede de una organización/red europea o internacional a la que pertenezca la organización catalana.
d) Proyectos deportivos de colaboración de las organizaciones catalanas con organizaciones de su sector, pertenecientes a otros países con los cuales la Generalidad haya suscrito un acuerdo de colaboración o con países receptores de una Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD).
e) Viajes de representantes de organizaciones catalanas, derivados de actividades en el exterior para la promoción, mejora o ejecución de proyectos o programas correspondientes a su ámbito de actividad, en favor de: Organizaciones con las cuales la organización catalana haya firmado un convenio
de colaboración mutua y éste esté en vigor; Organizaciones de países con los cuales la Generalidad haya suscrito un acuerdo de colaboración y éste esté en vigor; Organizaciones de países receptores en la relación vigente de Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD).
f) Viajes de representantes o personal técnico de las organizaciones catalanas, derivados de su asistencia a actividades internacionales dirigidas a mejorar su formación mediante cursos, seminarios, clínicos o cualquier otra actividad formativa.
g) Organización en Cataluña, por parte de las organizaciones catalanas, de congresos, seminarios, clínicos o reuniones técnicas acordadas por los órganos correspondientes de las organizaciones europeas o internacionales.
h) Proyectos de comunicación, difusión e información, a nivel internacional, de las actividades, objetivos y programas de las organizaciones catalanas.

Línea B de subvenciones: gastos derivados de la promoción o reconocimiento de las organizaciones catalanas como entidades consultivas de organismos internacionales multilaterales, mediante las actividades indicadas en los epígrafes e), f), g) y h), del apartado 1.2.1.

Requisitos:

Las subvenciones de la línea A se dirigen exclusivamente a organizaciones que, sea cuál sea su ámbito de actividad, son miembros de alguna organización europea o internacional de su sector de actividad.

Las organizaciones que no sean miembros de una organización europea o internacional del mismo sector sólo podrán optar a las ayudas previstas a las letras e), f), g), y h) del apartado 1.2.1.

Las subvenciones de la línea B se dirigen a organizaciones que llevan a cabo actuaciones como organizaciones consultivas acreditadas delante de organismos internacionales multilaterales o bien hacen actuaciones para conseguir este reconocimiento del organismo multilateral.

No pueden optar a ninguna línea de subvención:
a) las organizaciones de carácter público;
b) las que, a pesar de su naturaleza privada, tienen como objeto social reconocido en sus estatutos el apoyo general y de cualquier tipo a la internacionalización de otras organizaciones catalanas, la promoción de la internacionalización de la sociedad civil catalana, así como de sectores catalanes estratégicos de actividad, con capacidad de proyección internacional.

Documentos asociados

Boletín: 21/02/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5075
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 12/03/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5089
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento
Boletín: 04/08/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5187
Documento: 2ª Convocatoria 2008 Descargar Documento