Subvenciones para la promocion del vino en los mercados de terceros paises, para el año 2015.

Código de ayuda:

S03246/14

Norma:

ORDEN de 23 de enero de 2014. Real Decreto 548/2013, de 19 de julio. ORDEN de 25 de agosto de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/02/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las subvenciones destinadas a las medidas de información y promoción del vino en mercados de terceros países para el ejercicio FEAGA 2015, con objeto de mejorar la competitividad de los vinos aragoneses, de acuerdo con lo establecido en las bases reguladoras contenidas en el Real Decreto 548/2013, de 19 de julio, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola español.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentacion (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Empresas vinícolas. La Empresa vinícola se entenderá a efectos de la medida de promoción aquella que elabore y comercialice alguno de los productos mencionados en el anexo IV.

b) Organizaciones de productores y organizaciones interprofesionales definidas en el artículo 125 sexdecies del Reglamento (CE) número 1234/2007, del Consejo, del Consejo, de 22 de octubre de 2007.

c) Órganos de gestión de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas vínicas.

d) Asociaciones de exportadores y consorcios de exportación, participados exclusivamente por empresas del sector vitivinícola.

e) Entidades asociativas sin ánimo de lucro participadas exclusivamente por empresas del sector vitivinícola, que tengan entre sus fines la promoción exterior de los vinos.

f) Asimismo, y en caso de existir suficiente disponibilidad de presupuesto, tras la aprobación de los programas correspondientes a los tipos de beneficiarios antes indicados, podrán considerase también beneficiarios los organismos públicos con competencia legalmente establecida para desarrollar actuaciones de promoción de productos y mercados en terceros países.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de las medidas de promoción los productos de calidad, destinados al consumo directo, detallados en el anexo IV, que cuenten con posibilidades de exportación o de nuevas salidas comerciales en terceros países y que pertenezcan a alguna de las siguientes categorías:

a) Vinos con denominación de origen protegida.

b) Vinos con indicación geográfica protegida.

c) Vinos en los que se indique la variedad de uva de vinificación.

Documentos asociados

Boletín: 20/07/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 173
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 31/01/2014
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 22
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 08/09/2014
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 175
Documento: Modificación Descargar Documento