Subvenciones para la promoción de polígonos y locales municipales para el desarrollo de actividades económicas.

Código de ayuda:

S02128/25

Norma:

RESOLUCIÓN 1229E/2024, de 26 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28 de febrero de 2025.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 400.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas ayudas tienen por objeto la promoción de nuevos polígonos industriales o de servicios, la
adaptación de edificios municipales para alojar oficinas o talleres para su posterior alquiler, así como la dotación de infraestructuras a polígonos o reparación extraordinaria de las ya existentes.
La utilidad pública de las ayudas consiste en facilitar el desarrollo territorial equilibrado de Navarra a través de la construcción de espacios e infraestructuras que permitan acoger
empresas industriales o de servicios, de forma que la oferta de trabajo se distribuya por toda la
Comunidad Foral.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Corporaciones Locales
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Fomento Empresarial (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. El importe de las ayudas, con un máximo de 400.000 euros, será el siguiente en función del tipo de actuación:

a) Promoción de nuevos polígonos (base 3.1): 30% de la cantidad resultante de descontar de los gastos de la inversión subvencionable los ingresos previstos por ventas de parcelas (confirmadas mediante aval o contrato de compraventa).

b) Adaptación de edificios municipales (base 3.2): 30% de los gastos subvencionables.

Las rentas de los futuros alquileres no se tendrán en cuenta a estos efectos.

c) Dotación de infraestructuras a un polígono o reparación extraordinaria de las existentes (base 3.3): 50% de los gastos subvencionables o 60% si se trata de la construcción de una red de saneamiento separativo.

2. El porcentaje de ayuda podrá incrementarse en un 5% si las solicitantes presentan un
estudio de impacto con perspectiva de género de la actuación a subvencionar, para cuya valoración se contará con el asesoramiento de personal del Instituto Navarro para la Igualdad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades locales de Navarra que realicen las actuaciones subvencionables señaladas en la base 3.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La redacción de los proyectos de ejecución de las obras y la dirección facultativa de las mismas, si son necesarios.

b) Las obras a realizar para la ejecución de las actuaciones subvencionables.

c) La adquisición de terrenos para la promoción de un nuevo polígono y, en su caso, los derechos de servidumbre necesarios. El presupuesto auxiliable por la adquisición de terrenos será la suma de los valores catastrales de los predios. La adquisición de edificios no es subvencionable.

d) El IVA será subvencionable siempre que no se pueda repercutir posteriormente en la venta de las parcelas del nuevo polígono o en el alquiler de los locales del edificio municipal.

Requisitos:

a) Los terrenos afectados por la construcción del polígono deberán ser propiedad de la solicitante.
Si la solicitante forma parte de una promoción mediante Junta de Compensación, o se aprueba un Proyecto de Reparcelación donde se defina que es propietaria de un porcentaje determinado, se justificará este hecho y se considerará subvencionable el porcentaje correspondiente a la entidad.
En el caso de terrenos afectados por la construcción de infraestructuras externas, no será necesaria la propiedad de los mismos, si bien se deberá contar con los correspondientes permisos de afección firmados por los titulares.

b) Los terrenos sobre los que se proyecte actuar deberán estar calificados como suelo urbano para usos industriales, de servicios o de actividad económica en el Planeamiento Municipal vigente en el momento de presentar la solicitud de la subvención.

c) La beneficiaria se comprometerá a vender las parcelas resultantes de la actuación, como mínimo, a precio de mercado.

d) Los nuevos polígonos deberán cumplir las obligaciones de carácter social recogidas en la base 11, en atención a las personas con discapacidad y a la igualdad de género.

Documentos asociados

Boletín: 30/01/2025
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 20
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento