Subvenciones para la promoción de la lectura y las letras españolas, correspondientes al año 2006.

Código de ayuda:

S03919/06

Norma:

RESOLUCIÓN de 26 de enero de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/03/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convoca para el año 2006 la concesión de subvenciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, Ley de Subvenciones), en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción de la lectura y las letras españolas, a aquellas actividades a desarrollar en dicho año, que tengan por objeto las siguientes finalidades:
a) Promover y fomentar las actividades de ámbito territorial nacional, internacional o suprautonómico, que contribuyan a la promoción de la lectura, al incremento de los índices de lectura de la sociedad española, a la difusión nacional e internacional del libro y de las letras españolas y a la promoción de las Bibliotecas Españolas.
b) Promover actividades y programas de difusión del libro, la lectura y las letras españolas en medios de comunicación de ámbito nacional.
c) Participar en las conmemoraciones de carácter nacional e internacional y en otros acontecimientos históricos y culturales de relevancia, con especial atención a los Centenarios de los principales autores y obras españolas.
d) Promover la cultura común española a través de actividades de difusión de las letras españolas mediante Encuentros, Congresos y acontecimientos similares, tanto en el interior como en el exterior de España, llevadas a cabo por Instituciones con carácter estatutario nacional o internacional.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Cultura ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Con cargo a esta convocatoria no se podrá financiar más del 90 por 100 del coste total efectivo de cada actividad subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar estas subvenciones las Fundaciones, Asociaciones y Organizaciones no gubernamentales (Instituciones sin fines de lucro), relacionadas con la promoción de la lectura y las letras españolas con una acreditada labor cultural, de nacionalidad española, o de otros Estados miembros de la Unión Europea o asociados al Espacio Económico Europeo, siempre que, estando legalmente constituidas, cumplan los requisitos y no se encuentren incursas en las exclusiones previstas en el artículo 13 de la Ley de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Gastos incluidos (con carácter enunciativo y no limitativo):
a) Gastos de personal (arrendamientos de servicios de profesionales para la dirección y coordinación de congresos, seminarios, simposios, ferias, secretariado, conferenciantes, ponentes, etc.).
b) Dietas y gastos de viaje, alojamiento y manutención del personal organizador o participante en las actividades objeto de subvención.
c) Arrendamiento de servicios de intérpretes y empresas de traducción simultánea.
d) Alquileres de locales y «stands» y servicios técnicos para la realización de las actividades.
e) Gastos de gestión y de administración para la realización de actividades objeto de subvención (material de oficina, teléfono, energía eléctrica comunicaciones postales, mensajería etc.).
f) Publicidad y propaganda de las actividades objeto de subvención.
g) Gastos de elaboración y edición de publicaciones objeto de subvención, en diferentes soportes.

Gastos excluidos:
a) Gastos ordinarios correspondientes a las retribuciones del personal fijo o eventual laboral de las Entidades beneficiarias, así como cotizaciones a la Seguridad Social y retenciones de impuestos de estas retribuciones.
b) Realización de todo tipo de obras en inmuebles.
c) Gastos realizados en equipamiento, teniendo tal consideración la adquisición de maquinaria, mobiliario, equipos informáticos, elementos de transporte y, en general, cualesquiera otros que incrementen el patrimonio de la entidad beneficiaria y que tengan carácter de inventariable.

Requisitos:

a) Tener un ámbito estatutario nacional o internacional declarado en sus Estatutos.
b) No figurar como beneficiario de subvenciones nominativas consignadas en los Presupuestos Generales del Estado dentro de los créditos correspondientes a la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas.
c) El fomento de la lectura o las letras españolas deberá figurar entre las actividades habituales de la entidad solicitante.

Documentos asociados

Boletín: 08/01/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 7
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 10/02/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 35
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento