Subvenciones para la promoción de actividades literarias.

Código de ayuda:

S11955/21

Norma:

RESOLUCIÓN CLT/961/2021, de 31 de marzo. RESOLUCIÓN CLT/3216/2020, de 8 de diciembre. RESOLUCIÓN CLT/198/2021, de 29 de enero. RESOLUCIÓN CLT/1017/2021, de 9 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de mayo de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de esta línea es dar apoyo a proyectos de promoción y difusión de la literatura en catalán y en occitano que se lleven a cabo dentro de los territorios del dominio lingüístico.

Se entiende por proyectos de promoción y difusión la organización de jornadas y ciclos de conferencias, de festivales y espectáculos literarios, de rutas literarias y otras acciones sobre el patrimonio literario. Si el proyecto se realiza fuera de Cataluña (en el resto del dominio lingüístico), debe incluir la participación de escritores de Cataluña.

Quedan excluidas de estas bases:

a) Las convocatorias y concesiones de premios literarios y la edición de libros, revistas u otros productos editoriales, a excepción de las publicaciones dedicadas a la difusión de las actividades literarias por parte de la propia entidad.

b) Las actividades organizadas por bibliotecas, que disponen de otras vías de ayuda.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención puede cubrir, como máximo, el 50% del importe del proyecto.

La cuantía de la subvención es de un mínimo de 1.000 euros.

Se inadmiten las solicitudes de subvención de un importe inferior a 1.000 euros o que contengan un presupuesto de proyecto inferior a 2.000 euros. Asimismo, se deben denegar las solicitudes de subvención
para proyectos que, una vez valorados, solo puedan obtener una subvención inferior a 1.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Pueden optar a las ayudas las entidades privadas sin ánimo de lucro, la Administración local y los entes
públicos dependientes o que están vinculados a ella.

Documentos asociados

Boletín: 11/12/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8298
Documento: Bases Generales Descargar Documento
Boletín: 05/02/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8334
Documento: Modificación Bases Generales Descargar Documento
Boletín: 09/04/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8383
Documento: Bases Específicas 2021 Descargar Documento
Boletín: 20/04/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8390
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento