Subvenciones para la programación de acciones formativas experimentales y complementarias del Plan FIP dirigidas a desempleados.

Código de ayuda:

S28991/04

Norma:

Orden de 17 de diciembre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/11/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria pública como la ejecución de acciones formativas experimentales y complementarias del Plan FIP dirigidas a desempleados, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, correspondientes al ejercicio de 2005.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Formación

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Empleo e Igualdad (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las subvenciones se concretará en el producto de las horas de la acción formativa por el número de alumnos y por el importe del módulo que se aplique en cada caso.
Consultar Bases.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

    Detalle beneficiarios:

    1. Todas las entidades solicitantes de acciones formativas reguladas en esta orden deberán presentar en el momento de formular su solicitud, junto con el resto de la documentación exigida, licencia municipal de apertura de la actividad de que se trate del local o locales donde se vaya a desarrollar la acción solicitada.

    2. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones para el desarrollo del programa regulado en el artículo 2º de esta orden:
    Subprograma I-a.: empresas, agrupaciones de empresas y entidades sin ánimo de lucro.
    Subprograma I-b: las universidades gallegas, así como entidades expresamente vinculadas a la relación universidad/empresa.
    Subprograma I-c: empresas, agrupaciones de empresas, entidades sin ánimo de lucro, entidades locales y corporaciones de derecho público.

    ¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

    Acciones formativas dirigidas a desempleados inscritos en el Servicio Público de Empleo en fecha anterior a su incorporación a la acción formativa, que se agrupan en tres subprogramas:
    I-a.- Proyectos formativos con compromiso de contratación de los alumnos que, por sus especiales características, no se ajusten a los requisitos exigidos en el Plan FIP.
    I-b.-Cursos de postgrado y cursos organizados por escuelas de especialización profesional de las universidades gallegas, así como de aquellas entidades expresamente vinculadas a la relación universidad/empresa, dirigidos a la mejora de la empleabilidad
    de los titulados universitarios, que tengan carácter ocupacional y sean útiles para la mejora de la inserción laboral de los postgraduados.
    I-c.-Acciones de carácter experimental que no tengan cabida en el Plan FIP y que mejoren la empleabilidad de los destinatarios, siempre que haya expectativas razonables de inserción laboral de los alumnos participantes y las acciones que se realicen sean preferentemente las relativas a los nuevos yacimientos de empleo (calidad, medio ambiente y nuevas tecnologías de la comunicación y de la información).

    En la financiación de gastos de operaciones cofinanciadas por los fondos estructurales, serán subvencionables los siguientes gastos:
    - Costes de los docentes, así como los gastos de desplazamiento de este personal.
    - Los gastos de desplazamiento de los beneficiarios de la formación.
    - Otros gastos corrientes tales como materiales y suministros.
    - La amortización de los instrumentos y equipos en proporción a su utilización exclusiva para el proyecto de formación de que se trate.
    - Los costes de los servicios de asesoría en relación con la acción de formación.

    Documentos asociados

    Boletín: 29/12/2004
    DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 252
    Documento: Convocatoria 2005 y Solicitud Descargar Documento