Subvenciones para la programación de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas en la Comunidad Autónoma de Galicia, correspondiente a los ejercicios de 2017 y 2018 (código de procedimiento TR301K).- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S12155/17

Norma:

ORDEN de 7 de marzo de 2017. ORDEN de 26 de julio de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 24 de abril de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto establecer las condiciones por las que se regirán, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, tanto la convocatoria pública como la ejecución de las acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas, correspondientes a los ejercicios de 2017 y 2018, gestionadas por la Consellería de Economía, Empleo e Industria a través de sus jefaturas territoriales. La convocatoria de las subvenciones previstas en esta orden se realizará mediante régimen de concurrencia competitiva.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Importe total de la convocatoria: 40.756.061 euros (27.170.708 euros para 2017 y 13.585.353 euros para 2018).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones a las que se refiere la presente convocatoria las entidades que, en la fecha de entrada en vigor de esta orden, sean titulares de centros o entidades de formación acreditados y/o inscritos por la Administración pública competente para impartir formación profesional para el empleo, en el ámbito laboral, en la Comunidad Autónoma de Galicia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Vía común de programación: podrán participar los centros y entidades colaboradores acreditados en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, que podrán solicitar cualquiera de los certificados de profesionalidad en que estén acreditadas a la fecha de publicación de la orden (procedimiento TR301K).

2. Vía de programación de convenios de colaboración vinculados a programas específicos para la formación de personas con necesidades formativas especiales o que tengan dificultades para su inserción o recualificación profesional y que se consideren de interés social. En este supuesto las entidades deberán solicitar la inscripción o acreditación provisional según el artículo 3.4 del Decreto 106/2011, de 19 de mayo, cuando proceda (procedimiento TR301O).

3. Vía de programación de proyectos formativos con compromiso de contratación inmediata (procedimiento TR301P).

Documentos asociados

Boletín: 24/03/2017
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Documento: Bases, Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
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