Subvenciones para la producción de obras audiovisuales de animación.

Código de ayuda:

S17873/20

Norma:

RESOLUCIÓN CLT/987/2020, de 8 de mayo. RESOLUCIÓN CLT/1099/2020, de 18 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 16 de junio de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 500.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto es subvencionar la producción de proyectos de obras audiovisuales de animación.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Creación nuevas empresas

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención no podrá ser superior al 50% del gasto subvencionable previsto por el solicitante, hasta un máximo de 500.000 euros por obra audiovisual.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán optar a las subvenciones las empresas de producción audiovisual independientes, incluidas las
agrupaciones de interés económico (AIE), que estén inscritas en el Registro de empresas audiovisuales de
Cataluña o en el Registro administrativo de empresas cinematográficas y audiovisuales, gestionado por el
Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA), o las de un Estado miembro de la Unión
Europea o asociado al Espacio Económico Europeo y con establecimiento operativo permanente en España.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Series de animación destinadas a ser emitidas por televisión, con una clara voluntad innovadora, tanto
desde la perspectiva formal como técnica, con el objetivo de fomentar la aplicación de las nuevas tecnologías en la producción de animación y la investigación de nuevos canales de explotación, así como la creación de productos de alta calidad dirigidos a los mercados nacionales e internacionales.

b) Largometrajes cinematográficos de animación que empleen y pongan de relieve los valores artísticos y
técnicos del país y la diversidad de la cinematografía catalana.

Documentos asociados

Boletín: 13/05/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8132
Documento: Bases específicas 2020 Descargar Documento
Boletín: 25/05/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8140
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento