Subvenciones para la producción de obras audiovisuales de animación.

Código de ayuda:

S37200/22

Norma:

RESOLUCIÓN CLT/1751/2022, de 3 de junio. RESOLUCIÓN CLT/1842/2022, de 10 de junio. a Resolución CLT/3142/2020, de 1 de diciembre. Resolución CLT/187/2021, de 28 de enero. Resolución CLT/670/2023, de 28 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Del 12 de abril al 2 de mayo de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de estas bases es subvencionar la producción de proyectos de obras audiovisuales de animación.

Abrir convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la
producción de obras audiovisuales de animación.


Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Creación nuevas empresas

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Que la dotación máxima de las subvenciones previstas en esta convocatoria es de 2.490.000,00 euros,
distribuidos de la siguiente manera:

1.510.000,00 euros para la modalidad de series de animación destinadas a ser emitidas por televisión,
distribuidos en las siguientes anualidades: un importe máximo de 377.500,00 euros con cargo a la partida
470.0001 del presupuesto del Instituto Catalán de las Empresas Culturales para el año 2023; un importe
máximo de 755.000,00 euros con cargo al presupuesto del año 2024; un importe máximo de 226.500,00 euros
con cargo al presupuesto del año 2025, y un importe máximo de 151.000,00 euros con cargo al presupuesto
del año 2026.

980.000,00 euros para la modalidad de largometrajes cinematográficos de animación, distribuidos en las
siguientes anualidades: un importe máximo de 392.000,00 euros con cargo a la partida 470.0001 del
presupuesto del Instituto Catalán de las Empresas Culturales para el año 2023; un importe máximo de
343.000,00 euros con cargo al presupuesto del año 2024; un importe máximo de 147.000,00 euros con cargo
al presupuesto del año 2025, y un importe máximo de 98.000,00 euros con cargo al presupuesto del año
2026.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán optar a las subvenciones las empresas de producción audiovisual independientes, incluidas las
agrupaciones de interés económico (AIE), que estén inscritas en el Registro de empresas audiovisuales de
Cataluña o en el Registro administrativo de empresas cinematográficas y audiovisuales, gestionado por el
Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA), o las de un Estado miembro de la Unión
Europea o asociado al Espacio Económico Europeo y con establecimiento operativo permanente en España.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Series audiovisuales de animación, con una clara voluntad innovadora, tanto desde la perspectiva formal
como técnica, con el objetivo de fomentar la aplicación de las nuevas tecnologías en la producción de
animación y la búsqueda de nuevos canales de explotación, así como la creación de productos de alta calidad
dirigidos a los mercados nacionales e internacionales.

b) Largometrajes cinematográficos de animación que empleen y pongan de relieve los valores artísticos y
técnicos del país y la diversidad de la cinematografía catalana.

Documentos asociados

Boletín: 04/12/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8287
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 22/02/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8347
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 09/06/2022
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8685
Documento: Bases Específicas 2022 Descargar Documento
Boletín: 21/06/2022
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8693
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 03/03/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8867
Documento: Modificación Bases 2 Descargar Documento
Boletín: 11/04/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8892
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
Boletín: 11/04/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8892
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento