Subvenciones para la prestacion de apoyo tecnico al sector agricola en materia de sanidad vegetal y lucha integrada contra las plagas para el año 2014.

Código de ayuda:

S05400/14

Norma:

ORDEN de 12 de febrero de 2014. Decreto 136/2013 de 30 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/03/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar subvenciones destinadas al apoyo técnico al sector agrícola en materia de sanidad vegetal y lucha integrada contra las plagas para el año 2014, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 136/2013, de 30 de julio, del Gobierno de Aragón, sobre subvenciones en materia de agricultura, ganadería y medio ambiente, en el Reglamento (CE) número 1857/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006 y por el que se modifica el Reglamento (CE) número 70/2001, y en las bases reguladoras específicas previstas en la Orden de 25 de septiembre de 2007, del Departamento de Agricultura y Alimentación, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la prestación de apoyo técnico al sector agrícola en materia de sanidad vegetal y lucha integrada contra las plagas (en adelante, la orden de bases reguladoras).

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentacion (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Dentro del crédito disponible, la cuantía individualizada de la subvención por entidad colaboradora no podrá superar el 100% del coste de los servicios técnicos prestados, estableciéndose un máximo de 150 euros por cada solicitud de apoyo técnico de explotaciones del tipo 1, y de 40 euros para las del tipo 2, sin que la cuantía máxima a percibir pueda exceder de 12.000 euros por entidad colaboradora y técnico asignado en función de las superficies máximas admitidas según el anexo V.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los titulares de pequeñas y medianas explotaciones agrícolas de producción primaria (en adelante los agricultores) dedicadas a la producción de productos agrícolas de la Comunidad Autónoma de Aragón, estén o no afiliados a las entidades colaboradoras a que se refiere el punto 1 del apartado segundo y que cumplan los requisitos establecidos en el punto 3 de este apartado.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La elaboración para los productores de planes anuales de producción en materia de sanidad vegetal y lucha integrada contra las plagas (en adelante, PMSV) que contengan, como mínimo, en función del plan anual de cultivos del agricultor, un estudio y planificación de los medios de lucha fitosanitarios más aconsejables, teniendo en cuenta los principios de actuación de la lucha integrada.

b) Las consultas que en la precitada materia versen sobre los posibles cambios a efectuar en la ejecución del PMSV en función de la evolución de la plaga y las posibles diferentes tecnologías a aplicar.

Documentos asociados

Boletín: 08/08/2013
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 156
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 17/02/2014
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 33
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento