Subvenciones para la participación en la misión comercial directa a Australia y Nueva Zelanda 2025, al amparo de la Orden 152/2022, de 29 de julio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la participación agrupada en acciones de internacionalización convocadas por el Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha.

Código de ayuda:

S12582/25

Norma:

Resolución de 07/05/2025. Orden 152/2022, de 29 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de mayo de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto es convocar la concesión de ayudas para la participación agrupada de empresas en la misión comercial directa a Australia y Nueva Zelanda 2025, que se realizará del 8 al 17 de septiembre de 2025.

La convocatoria va dirigida a empresas del sector alimentos y bebidas (vino exc) que desarrollen su actividad económica en Castilla-La Mancha.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Comercio
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Transporte de muestras
-Coste máximo subvencionable: 1.600,00 €
-% Ayuda: 75%
-Ayuda IPEX: 1.200,00 €
-Coste neto para la empresa: 400,00 €

Consultoría (agenda de reuniones en Nueva Zelanda)
-Coste máximo subvencionable: 750,00 €
-% Ayuda: 75%
-Ayuda IPEX: 562,50 €
-Coste neto para la empresa: 187,50 €

Viaje de una persona
-Coste máximo subvencionable: 3.150,00 €
-% Ayuda: 75%
-Ayuda IPEX: 2.362,50 €
-Coste neto para la empresa: 787,50 €

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios las empresas, las personas físicas que se encuentren en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), los clústeres, las comunidades de bienes, las cooperativas, las agrupaciones y asociaciones de empresas con ánimo de lucro, o cualquier otro tipo de unidad económica con patrimonio separado, excepto las fundaciones, empresas u organismos públicos y las administraciones públicas.

Podrán ser también beneficiarios los órganos de gestión y de representación de las indicaciones geográficas
protegidas y denominaciones de origen protegidas, cualquiera que sea su forma jurídica, así como sus asociaciones y fundaciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Son subvencionables con arreglo a esta orden las acciones de carácter internacional, tanto en España como en el exterior, que consistan en:

a) La participación en ferias y eventos.
b) Las visitas a ferias y eventos.
c) Las acciones promocionales tales como exposiciones, promociones en punto de venta, degustaciones,
demostraciones, jornadas técnicas, congresos y seminarios profesionales.
d) Las misiones comerciales directas, incluidas las que tienen lugar en el marco de una feria comercial.
e) Las misiones comerciales inversas, incluidas las que tienen lugar en el marco de una feria comercial.
f) Las misiones de prospección y estudio.
g) Los encuentros empresariales.
h) Acciones promocionales en plataformas virtuales, marketplaces y similares.

Requisitos:

a) Realizar su actividad económica en Castilla-La Mancha.
b) No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
c) Que la persona representante legal no incurra en las incompatibilidades de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre; en caso de personas jurídicas, tampoco sus administradores o representantes legales.
d) No recibir servicios de personas que hayan incumplido lo dispuesto en el artículo 19.5 de la Ley 11/2003 tras cesar de un cargo público, durante el plazo de dos años.
e) Estar al corriente en obligaciones de reintegro de subvenciones, tributarias y con la Seguridad Social.
f) No haber solicitado u obtenido otra ayuda de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha por los mismos conceptos o actuaciones.
g) Disponer, si procede, de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionado por falta muy grave en esta materia el año anterior a la solicitud.
h) No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente por ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior, salvo excepciones por desastres naturales.
i) No ser considerada empresa en crisis, según las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales.
j) No haber cesado en una actividad similar dentro del EEE en los dos años anteriores ni tener planes de hacerlo en los dos años posteriores a la inversión subvencionada.
k) No haber sido sancionada o condenada por prácticas laborales discriminatorias, salvo que se haya cumplido la sanción e implantado medidas de igualdad validadas por el órgano competente.
l) No haber sido sancionada por incumplir condiciones contractuales sobre igualdad de género, salvo que se haya cumplido la sanción y adoptado medidas validadas por el órgano competente en igualdad.

Documentos asociados

Boletín: 13/05/2025
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 90
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 05/08/2025
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 150
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento