Subvenciones para la participación en la feria Batimat 2017.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S11919/17

Norma:

Orden de 05/06/2014. Resolución de 16/03/2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 27 de abril de 2017.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 2.817

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas para la participación agrupada de empresas de Castilla-La Mancha en la feria “Batimat 2017”, que se celebrará del 6 al 10 de noviembre de 2017 en la ciudad de París (Francia).

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Instituto de Promoción Exterior (IPEX) (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Alquiler del espacio expositivo: 2.817 €

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas, las personas físicas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), las comunidades de bienes, las cooperativas, las agrupaciones y asociaciones de empresas, con o sin ánimo de lucro, o cualquier otro tipo de unidad económica con patrimonio separado, excepto las fundaciones, empresas u organismos públicos y las administraciones públicas.

La convocatoria va dirigida a empresas del sector construcción castellano-manchegas con producto o servicio propio exportable, y que tengan el domicilio fiscal o establecimiento productivo o generador de servicios en Castilla-La Mancha, así como comercialización propia. Además, deben contar con un interés real en el mercado y tener una clara vocación de continuidad exportadora.

Requisitos:

a) Tener el domicilio fiscal ó establecimiento productivo o generador de servicios en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

b) No estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

c) No encontrarse la persona que ostente la representación legal de la entidad, en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Para el caso de sociedades y demás personas jurídicas, esta incompatibilidad se extiende a sus administradores o sus representantes legales.

d) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias tanto con la administración estatal como con la autonómica y con la Seguridad Social, en la forma determinada, en cada momento, por la normativa aplicable.

e) No haber solicitado ni obtenido cualquier otra ayuda, subvención, ingreso o recurso con cargo a los presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha por los mismos conceptos, para el mismo proyecto o actuación.

f) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, siempre que estuvieran obligados a ello y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 13/06/2014
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 113
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 24/03/2017
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 59
Documento: Convocatoria 2017 (Completo) Descargar Documento