Subvenciones para la participación de personas escritoras, ilustradoras, traductoras y editoras en las actividades que se celebren en el sector del libro.
Código de ayuda:
S01755/26Norma:
ORDEN de 30 de diciembre de 2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 26 de febrero de 2026.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 1.600 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones a personas físicas o jurídicas, que sean escritoras, ilustradoras o editoras y que desarrollen su trabajo en el sector del libro y, mayoritariamente, en el ámbito de la Comunidad Autónoma gallega facilitando su participación en actividades de dicho sector que se celebren en el año 2026, desde el 1 de enero hasta el 15 de diciembre. Las actividades objeto de subvención son: ferias, festivales, seminarios, encuentros talleres y eventos de similar naturaleza, excepto las estancias creativas y residencias creativas y literarias.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
Localización del organismo gestor
GaliciaConvoca:
Consellería de Cultura, Lengua y Juventud. (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La financiación de los gastos del viaje son los referidos al alojamiento y transporte tendrán el siguiente importe por ámbito geográfico de destino, siempre que se justifique:- España, excepto la Comunidad Autónoma de Galicia: 500€
- Resto de Europa o países costeros del Mediterráneo: 900€
- Resto del mundo: 1.600€
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas físicas, sean autónomas o no, o jurídicas, que sean escritoras, ilustradoras, traductoras o editoras que acrediten esta condición y desarrollen su trabajo en el sector del libro mayoritariamente en el ámbito de la Comunidad Autónoma gallega.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán objeto de subvención los gastos de viaje referidos al alojamiento y transporte que permitan la asistencia fuera de Galicia, hasta un máximo de dos actividades por solicitante.Requisitos:
1. Haberse inscrito, asistido o participado en una actividad subvencionable realizada en el sector del libro fuera de Galicia.2. Acreditar que las actividades solicitadas están directamente relacionadas con su trayectoria profesional desde que la participa en esta orden, y la previsión de como dichas actividades van a repercutir en ella.
3. Acreditar el desarrollo de su trabajo en el sector del libro mayoritariamente en el ámbito de la Comunidad autónoma gallega mediante la publicación de obra literaria en Galicia en los siguientes géneros: narrativa, poesía, ensayo, cómic, teatro o literatura infantil y juvenil. Por lo menos deberán haberse publicado dos obras, como persona escritora, ilustradora, traductora o editora en los tres años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la presente orden y computador desde la fecha de entrada de la solicitud de inscripción en el registro del Depósito Legal.
Documentos asociados
Boletín:
22/01/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 14
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 14
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
Boletín:
22/01/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 14
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 14
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
