Subvenciones para la participación de empresas extremeñas en los Planes de Ayuda a la Internacionalización para el Programa de Acceso a Nuevos Mercados Industriales Internacionales. Convocatoria 2022.

Código de ayuda:

S36100/21

Norma:

DECRETO 212/2017, de 4 de diciembre. ACUERDO de 24 de junio de 2021. ACUERDO de 18 de enero de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 8 de febrero de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El presente acuerdo tiene por objeto realizar la convocatoria de las subvenciones del Programa de Acceso a Nuevos Mercados Industriales Internacionales (Conquista), dirigido a industrias extremeñas para facilitarles el acceso a nuevos mercados a través del conocimiento y superación de barreras técnicas y/o comerciales a las que se enfrentan las empresas del sector industrial en mercados complejos. Dicho programa se enmarca en los Planes de Ayuda a la Internacionalización de las empresas extremeñas con interés y potencial exportador, con el objetivo de apoyarlas en su proceso de internacionalización.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

EXTREMADURA AVANTE SERVICOS AVANZADOS A PYMES, SLU (AVANTE) (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Plan de Internacionalización de la Empresa Extremeña, Pimex: La cuantía total máxima de las ayudas establecidas e n esta convocatoria es de 150.000 €.

Cuantía individual de la subvención será de 3.000 € por beneficiario.

Programa de Consorcios de Exportación: La cuantía total máxima de las ayudas establecidas en esta convocatoria es de 20.000 €.

La cuantía individual de la subvención será de 5.000 € por consorcio beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar y resultar beneficiarios de estas ayudas las personas físicas, jurídicas y consorcios de exportación que tengan la consideración de Pyme que superen los criterios de valoración de las solicitudes y que cumplan con los requisitos exigidos en la cláusula 2 de dicha convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se subvencionarán los gastos relacionados con la labor comercial internacional o la preparación comercial de las empresas participantes, y concretamente:

a) Viajes comerciales o participación como visitante, expositor en ferias, certámenes y eventos comerciales internacionales en el extranjero o en España.

Gastos de viaje en transporte colectivo y clase turista o coche de alquiler.

Gastos de alojamiento (máximo en régimen de alojamiento y desayuno).

Gastos de organización y elaboración de agendas individuales.

Gastos de alquiler de salones, espacios, equipos técnicos, audiovisuales, etc.

Gastos de contratación de otros servicios durante el citado viaje (conductores, traducción e
interpretación).

Derechos de inscripción o alquiler de suelo y otros servicios complementarios, como azafatas y personal auxiliar, como traducción e interpretación.

Gastos de montaje, desmontaje o alquiler de stand y elementos para la exposición.

Los gastos en viajes/alojamientos se limitarán a un máximo de 2 personas vinculadas directamente con la empresa participante.

Los gastos de viaje y alojamiento tendrán el límite máximo de las cuantías recogidas en el Decreto 287/2007, de 3 agosto, de Indemnizaciones por razón del servicio.

b) Acceso a mercados exteriores:

Gastos de prospección e investigación de mercados de destino.

Gastos de implantación en mercados de destino.

Gastos de adaptación, homologación y de protección en mercados de destino.

Gastos de interpretación y de traducción jurada.

Gastos de consultoría especializada, jurídica y/o comercial enfocada al país de destino.

Envío de muestras como herramienta comercial, con un importe máximo de 500 €.

c) Material promocional y acciones de marketing en el exterior:

Diseño y elaboración, adaptación, modificación o mejora de material promocional de la empresa participante, como páginas web, o material promocional físico o digital, videos o animaciones, siempre enfocado a mercados exteriores. Se incluirán en este punto las traducciones del material promocional.

Campañas promocionales y publicitarias en medios físicos o digitales de los mercados de destino.

Presentaciones, demostraciones y degustaciones de productos, desfiles, talleres en vivo y otras acciones promocionales en punto de venta en los mercados de destino.

Los materiales promocionales deberán tener vinculación con los mercados de destino, elaborados en dicho idioma y en los mismos deberá aparecer el nombre de la empresa participante.

El importe máximo subvencionable de los gastos de los apartados b y c será como máximo del 25% en cada apartado, del total de los gastos subvencionables.

Requisitos:

Ejercer una actividad económica en Extremadura.

Ser productor o comercializador con marca propia.

Ser una empresa perteneciente al sector industrial, entendiendo por tal las actividades recogidas en el anexo III de la presente convocatoria.

Contar con departamento de exportación.

Haber realizado exportaciones en cada uno de los 2 ejercicios económicos anteriores al de la convocatoria.

Contar como objetivo la exportación a mercados complejos.

Documentos asociados

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