Subvenciones para la organización en Cataluña de acontecimientos audiovisuales, así como para su promoción y su difusión.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S40691/08

Norma:

RESOLUCIÓN CMC/1619/2008, de 21 de mayo. CMC/1885/2008, de 5 de junio. RESOLUCIÓN CMC/55/2009, de 13 de enero. RESOLUCION CMC/333/2009, de 9 de febrero. RESOLUCION CMC/2660/2009, de 16 de septiembre. RESOLUCION CMC/3271/2009, de 4 de noviembre. RESOLUCIÓN CMC/1685/2010, de 19 de mayo. CMC/3857/2008, de 16 de diciembre. CMC/3991/2010, de 25 de noviembre. ORDEN de 17 de diciembre de 2010. RESOLUCIÓN CLT/1046/2011, de 14 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/06/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la organización en Cataluña de acontecimientos audiovisuales, así como para su promoción y difusión.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención no puede superar el 50% del total del presupuesto de la actividad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas domiciliadas en Cataluña o en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con establecimiento permanente en Cataluña, así como las entidades públicas y/o privadas sin ánimo de lucro domiciliadas en Cataluña, que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran gastos susceptibles de subvención los siguientes:

a) El 30% de los costes generales y/o indirectos de la empresa y/o de la entidad que opta a la subvención.

b) El 50% de los costes correspondientes a los gastos de desplazamiento y de manutención del personal de la empresa y/o de la entidad solicitante que participe directamente en el desarrollo de la actividad.

c) Los costes de contratación de servicios externos necesarios para el desarrollo de la actividad objeto de subvención.

d) En el caso de acontecimientos que comporten la exhibición de obras audiovisuales, los gastos de alquiler de salas de proyección, así como el coste de los derechos de exhibición de las obras audiovisuales.

e) El coste del alquiler del equipo de proyección, en caso de haberlo, así como del equipo de oficina omplementario. Los gastos correspondientes a las estructuras necesarias para el alojamiento del acontecimiento audiovisual y el transporte con el seguro correspondiente.

f) Gastos de promoción y de publicidad.

g) Gastos de subtitulación, de traducción y de transporte de las copias de proyección utilizadas, en caso de haberlos, así como los seguros correspondientes.

h) Gastos relativos a la organización de reuniones, debates y mesas redondas relativos a la actividad objeto de subvención y celebrados durante la actividad.

i) Gastos derivados del otorgamiento de premios, en caso de haberlos.

j) Alquiler de vehículos durante el período de desarrollo de la actividad.

k) Gastos relativos a los actos de inauguración y de clausura de la actividad.

l) Gastos correspondientes al desplazamiento y a la estancia de personas invitadas al acontecimiento.

m) Gastos correspondientes a las cuotas satisfechas a asociaciones, federaciones y otras entidades nacionales o internacionales del ámbito audiovisual.

Requisitos:

a) El acontecimiento deberá tener lugar en el territorio de Cataluña.

b) En el caso de empresas y de entidades privadas sin ánimo de lucro, el acontecimiento deberá contar al menos con el apoyo económico de una entidad pública local catalana.

Documentos asociados

Boletín: 30/05/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5142
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Boletín: 18/06/2008
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Boletín: 24/12/2008
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