Subvenciones para la organización de eventos deportivos de especial interés en Castilla-La Mancha 2021.

Código de ayuda:

S49037/21

Norma:

Orden de 30/08/2016. Resolución de 17/09/2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de octubre de 2021.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 20.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar los gastos generados por la organización de eventos deportivos de especial interés en Castilla-La Mancha celebrados entre el 1 de enero de 2020 y el 15 de noviembre de 2021.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Educación, Cultura y Deportes (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El presupuesto total es de 220.000 euros con cargo a la aplicación 1808/457A/48434 del Presupuesto de la Junta de Comunidades de Cas tilla-La Mancha correspondiente al ejercicio 2021.

La cuantía máxima individual por beneficiario es de 20.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades deportivas
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Entidades privadas sin ánimo de lucro que organicen eventos deportivos de especial interés en Castilla-La Mancha, siempre que cumplan los requisitos de la base tercera de la Orden de 30/08/2016 por la que se aprueban las bases reguladoras.

Requisitos:

a) Encontrarse inscritas, a fecha de publicación de la presente convocatoria, en el Registro de Entidades Deportivas de Castilla-La Mancha o en cualquier otro registro administrativo según corresponda a cada entidad.

b) Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, y con la Seguridad Social, así como respecto del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

c) No hallarse incurso en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) No estar incursos los administradores o aquellos que ostenten la representación legal de la persona jurídica en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

e) Aquellos beneficiarios que tengan personal contratado, por cualquiera de las modalidades previstas en Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, deberán disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

f) No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, o en el caso de haber sido sancionadas, haber cumplido con la sanción o la pena impuesta y haber elaborado un plan de igualdad o adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, debiendo el órgano competente en materia de igualdad dar su conformidad a dichas medidas.

Documentos asociados

Boletín: 07/09/2016
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 175
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 27/09/2021
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 186
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
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