Subvenciones para la organizacion de eventos deportivos.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S44391/09

Norma:

Resolucion de 25 de mayo de 2009. Resolucion de 19 de abril de 2010. Resolución de 10 de marzo de 2011. Resolución de 28 de marzo de 2012. Resolución de 1 de octubre de 2012. Resolución de 5 de octubre de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/10/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones a los clubes deportivos durante el año en curso en régimen de concurrencia competitiva, siendo objeto de subvención la organización de eventos deportivos.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Educación (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la subvención concedida no superará la cantidad de 10.200 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los clubes deportivos básicos y los clubes deportivos elementales que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos ocasionados en Campeonatos de ámbito Internacional, Nacional y/o Autonómicos, así como aquellas competiciones cuya tradición y popularidad las hagan acreedoras de un tratamiento diferenciado.

Requisitos:

- Estar legalmente constituidos e inscritos en el Registro de Entidades Deportivas del Principado de Asturias, con al menos seis meses de antigüedad a la fecha del día de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

- Las entidades solicitantes, para obtener la condición de beneficiarias, deberán cumplir los requisitos recogidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, acreditándose la misma mediante una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa.

- De acuerdo a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, art. 14 apartado e) las entidades deportivas deberán acreditar hallarse al corriente de sus obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social con anterioridad a dictarse la propuesta de Resolución de concesión.

Documentos asociados

Boletín: 08/06/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 131
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 08/06/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 131
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín: 13/05/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 109
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Boletín: 29/03/2011
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 73
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Boletín: 28/04/2012
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Boletín: 05/10/2012
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 232
Documento: Segunda Modificación. Descargar Documento
Boletín: 10/10/2012
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 236
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento