Subvenciones para la organizacion de actos de difusion de las tecnologias de la informacion y la comunicacion (TIC) en Cataluña - modificación.

Código de ayuda:

S67600/07

Norma:

ORDEN GAP/391/2007, de 23 de octubre. ORDEN GAP/457/2007, de 3 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/11/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de estas bases es la concesión de subvenciones para la organización de actos de difusión de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en Cataluña, dirigidos a fomentar su uso.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas se distribuirán por importes máximos de 20.000 euros cada una.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarios de las subvenciones los entes locales de Cataluña usuarios de la plataforma eaCat, y los organismos o entidades dependientes, así como las entidades privadas sin ánimo de lucro, legalmente constituidas.

Las asociaciones y fundaciones deben estar inscritas en el correspondiente Registro.
Las Administraciones Públicas que deseen acceder a esta convocatoria deben ser usuarias del eaCat, la plataforma de servicio de la Generalidad de Cataluña orientada a facilitar la comunicación entre las administraciones catalanas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son subvencionables los gastos relacionadas con la organización y realización de actos de difusión de las TIC, que habrá que especificar en la solicitud, y que pueden incluir los siguientes conceptos:

- Charlas, jornadas, mesas redondas y conferencias.
- Exposiciones y demostraciones.
- Ferias, concursos y fiestas.

Los gastos por cada uno de los conceptos anteriores deben corresponder a alguna o algunas de las partidas siguientes:

- Material fungible.
- Impresión, reprografía y/o edición de contenidos en soporte papel, CD-ROM o DVD.
- Soporte telemático (consistente en la gestión y el mantenimiento de páginas web).
- Instalaciones para la realización de las actividades.

La actividad objeto de subvención debe realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007.
La lengua de uso habitual en la megafonía, locución, señalización, difusión o traducción simultánea de los actos subvencionados debe ser el catalán. En el ámbito territorial de Era Val d’Aran debe utilizarse el aranés o el catalán. La entidad beneficiaria puede hacer uso, además, de otras lenguas con la finalidad de favorecer la integración social y el aprendizaje del catalán de cualquiera de los grupos a quien va dirigida la convocatoria, particularmente inmigrantes y discapacidades.

Requisitos:

Las personas beneficiarias de la subvención deben justificar la realización efectiva de la actividad antes del 15 de febrero de 2008.

Documentos asociados

Boletín: 31/10/2007
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4999
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 13/12/2007
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5028
Documento: Modificación Descargar Documento