Subvenciones para la normalizacion social del asturiano y, en su ambito, del gallego-asturiano, en regimen de concurrencia competitiva.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S24455/11

Norma:

Resolución de 14 de abril de 2011. Resolución de 30 de abril de 2009. Resolución de 23 de abril de 2012. Resolución de 18 de mayo de 2012. Resolución de 4 de septiembre de 2012. Resolución de 17 de mayo de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/07/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria conjunta de subvenciones para la normalización social del asturiano, y en su ámbito, del gallego-asturiano, en régimen de concurrencia competitiva, durante el ejercicio 2013.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Educación (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Línea 6: Promoción de la música en asturiano y en gallego-asturiano.

La cuantía máxima de la subvención por proyecto será de 5.000 euros.

Línea 7: Actividades de medios de comunicación para la normalización social del asturiano y, en su ámbito, del gallego-asturiano.

La cuantía máxima de la subvención por proyecto será de 30.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Línea 6: Promoción de la música en asturiano y en gallego-asturiano.

Podrá solicitar estas subvenciones cualquier empresa privada de ámbito asturiano dedicada a la producción musical.

Línea 7: Actividades de medios de comunicación para la normalización social del asturiano y, en su ámbito, del gallego-asturiano.

Podrán solicitar estas subvenciones las empresas titulares de medios de comunicación de ámbito asturiano.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Línea 6: Promoción de la música en asturiano y en gallego-asturiano.

Línea 7: Actividades de medios de comunicación para la normalización social del asturiano y, en su ámbito, del gallego-asturiano.

Requisitos:

Cuando se trate de una asociación ha de estar inscrita en el Registro de Asociaciones al amparo del artículo 10 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. Por ello quedan excluidos de esta convocatoria los partidos políticos, los sindicatos y las organizaciones empresariales; las iglesias, confesiones y comunidades religiosas; las federaciones deportivas y las asociaciones de consumidores y usuarios que, según el artículo 1.3 de la mencionada ley, se regirán por su legislación específica.

Documentos asociados

Boletín: 13/05/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 109
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