Subvenciones para la modernización del comercio rural - Convocatoria 2010.
Código de ayuda:
S02255/10Norma:
Resolucion de 28 de diciembre de 2009. Resolucion de 15 de enero de 2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/04/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular la concesión de ayudas y subvenciones públicas destinadas a apoyar las actuaciones de modernización del comercio rural del principado de asturias, mediante la incorporación de elementos físicos y funcionales que mejoren su potencial de mercado y faciliten una gestión más competitiva.Categorías Subvención
Comercio
Creación nuevas empresas
Desarrollo Rural
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de la subvención a percibir, para cualquiera de los conceptos, será el 75% del valor de los conceptos subvencionables de la actuación.En todo caso, ningún beneficiario podrá obtener por estos conceptos una subvención superior a cien mil euros (100.000 euros) ni sobrepasar el anterior porcentaje del 75%.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Personas físicas o jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes legalmente constituidas, que tengan la consideración de pymes comerciales rurales, dentro del ámbito territorial del principado deasturias.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
línea 1.—renovación de la imagen del establecimiento comercial, tanto interna como externa, en las zonas destinadas exclusivamente a la tienda y, dentro de la misma, a la venta y exposición, quedando excluidas por tanto, las oficinas, almacenes y salas de refrigeración, talleres y otros locales dedicados a elaboración o manipulación de productos, aseos, etc. que no cumplan una función estrictamente comercial.línea 2.—incorporación de las nuevas tecnologías de la información a la gestión del establecimiento comercial, esto es, a la gestión de las actividades relacionadas exclusivamente con la tienda. esta línea de actuación incluye la implantación de redes informáticas o modificación y ampliación de las existentes. El gasto mínimo por estos conceptos será de 1.200 euros. se tendrá en cuenta la adecuación entre los equipamientos informáticos adquiridos y las necesidades reales del negocio.
Requisitos:
a) Que se encuentren ubicados en núcleos de población de menos de 1.000 habitantes.b) Que se trate de establecimientos minoristas destinados a la venta de toda clase de artículos al por menor, fundamentalmente de alimentación, droguería y productos para el turista. Concretamente, deberán estar incluidos en alguna de las agrupaciones o epígrafes correspondientes a la clasificación del Impuesto de Actividades Económicas relacionadas a continuación:
— 641, 642, 643, 644, 645, 647.1, 647.2, 647.3, 651, 652.2, 652.3, 652.4, 653, 657, 659.2, 659.3, 659.4, 659.5, 659.6, 659.7 y 662.2.
c) Que la zona dedicada exclusivamente a la tienda disponga de una superficie de exposición y venta al público no superior a los 200 m² (quedan excluidos para el cómputo de dicha superficie las oficinas, almacenes y salas de refrigeración, talleres y otros locales dedicados a elaboración o manipulación de productos, aseos, etc.).
d) Que la zona dedicada exclusivamente a la tienda se encuentre separada de las áreas del local dedicadas a otras actividades, tales como bar, restaurantes, carnicería, etc.
e) el titular de la actividad, o el local comercial en que se desarrolle la misma, debe tener tres años de antigüedad en el ejercicio de alguna actividad comercial subvencionable. dicha antigüedad debe estar comprendida dentro de los últimos diez años anteriores a la fecha en que finaliza el plazo de presentación de la solicitud de subvención y el titular debe continuar dado de alta antes de que finalice dicho plazo.
dicho extremo debe ser acreditado documentalmente.
f) Que dichos establecimientos dispongan de horarios muy amplios a lo largo del año.
g) Que presenten una oferta de productos y servicios realizada con los criterios actualizados del merchandising, incluyendo las acciones de comunicación (publicidad, animaciones y promociones) en el punto de venta.
h) Que estén dispuestos a incorporarse a la Red de Comercios Rurales Asturianos, mediante el correspondiente compromiso.
i) las personas físicas o jurídicas solicitantes de la subvención deberán estar inscritas en el registro de empresas y actividades Comerciales (reaC) o haber solicitado la inscripción en dicho registro a fecha de solicitud de la subvención y reunir los requisitos necesarios para la misma.
j) Que hayan realizado la formación y el asesoramiento personalizado en materia de merchandising, gestión informatizada y atención al cliente con la Cámara de Comercio, Industria y Navegación correspondiente a su jurisdicción y estén dispuestos asumir una parte de la inversión económica presupuestada en su plan de mejora.
Documentos asociados
Boletín:
14/01/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 10
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 10
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
23/01/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 18
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 18
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento