Subvenciones para la modernización del comercio rural, Convocatoria 2008.
Código de ayuda:
S59300/08Norma:
Resolucion de 25 de agosto de 2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 19/09/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar las bases reguladoras que se incorporan como anexo a esta Resolución.Aprobar la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de concesión de subvenciones para modernización del comercio rural.
La realización de las actuaciones objeto de subvención debe estar comprendida entre el día 1 de junio de 2008 y el 15 de noviembre de 2008.
Las inversiones realizadas deben estar finalizadas y ser operativas al término de este plazo.
Categorías Subvención
Comercio
Desarrollo Rural
Equipamientos informáticos y Tecnología
Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de la subvención a percibir, para cualquiera de los conceptos, será el 75% del valor de los conceptos subvencionables de la actuación.En todo caso, ningún beneficiario podrá obtener por estos conceptos una subvención superior a cien mil euros (100.000 euros) ni sobrepasar el anterior porcentaje del 75%.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
La presente convocatoria, va dirigida a personas físicas o jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes legalmente constituidas, que tengan la consideración de Pymes comerciales rurales, dentro del ámbito territorial del Principado de Asturias.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Estas bases tienen por objeto regular la concesión de ayudas y subvenciones públicas destinadas a apoyar las actuaciones de modernización del comercio rural del Principado de Asturias, mediante la incorporación de elementos físicos y funcionales que mejoren su potencial de mercado y faciliten una gestión más competitiva.El proyecto debe ir destinado a las dos líneas siguientes:
Línea 1.—Renovación de la imagen del establecimiento comercial, tanto interna como externa, en las zonas destinadas exclusivamente a la tienda y, dentro de la misma, a la venta y exposición, quedando excluidas por tanto, las oficinas, almacenes y salas de refrigeración, talleres y otros locales dedicados a elaboración o manipulación de productos, aseos, etc. que no cumplan una función estrictamente comercial.
Asimismo, tampoco se tendrán en cuenta los proyectos que afecten a aquellas áreas del local dedicadas a otras actividades, tales como bar, restaurantes, carnicería, etc. En este sentido, se valorará especialmente que la separación esté compartimentada con tabiques, biombos, estanterías, etc.
Conceptos incluidos:
• Obras de albañilería, carpintería y pintura. Puertas y ventanas.
• Instalación de suelos y revestimientos en techos y paredes.
• Remodelación y reforma de la fachada del establecimiento.
• Instalaciones eléctricas.
• Estudios y proyectos de reforma y adecuación.
• Aire acondicionado y calefacción.
• Mobiliario destinado a la presentación de los productos al cliente: escaparates, mostradores, paneles, estanterías, vitrinas e islas expositoras (incluidas las refrigeradas), tarimas, percheros, etc., siempre que se encuentren en la zona de exposición y venta al público.
• Rótulos, toldos y marquesinas exteriores.
Conceptos excluidos:
• Permisos, licencias y cuotas de colegios oficiales o cualquier otro tributo o impuesto.
• Muebles y artículos de exposición y prueba susceptibles de posterior venta al público.
•Alarmas y sistemas de seguridad y vigilancia.
•Alquileres y derechos de traspasos.
Se tendrán especialmente en cuenta los proyectos de reforma física destinados a implantar el sistema de autoservicio, que permitan al vendedor simultanear la atención al cliente con otros posibles servicios que se presten en el local.
Los materiales que sean utilizados en la obra que se realice deberán cumplir todos los criterios en materia de seguridad, medioambiente, estética rural, consumo energético, etc.
Línea 2.—Incorporación de las nuevas tecnologías de la información a la gestión del establecimiento comercial, esto es, a la gestión de las actividades relacionadas exclusivamente con la tienda. Esta línea de actuación incluye la implantación de redes informáticas o modificación y ampliación de las existentes. El gasto mínimo por estos conceptos será de 1.200 euros. Se tendrá en cuenta la adecuación entre los equipamientos informáticos adquiridos y las necesidades reales del negocio.
Conceptos incluidos:
• Adquisición de máquinas registradoras, cajones portamonedas, terminales de punto de venta y lectores de códigos de barras.
• Ordenadores de sobremesa y periféricos destinados a aplicaciones de contabilidad, facturación, almacén y automatización de ventas. Impresoras de tickets.
• Aplicaciones y programas comerciales (no a medida), destinados a los fines señalados en el punto anterior, debiéndose aportar en este caso descripción de sus principales funciones y su relación con la actividad comercial.
Conceptos excluidos:
• Ordenadores portátiles, agendas electrónicas y PDAs.
• Cámaras digitales.
• Fotocopiadoras y aparatos de teléfono y fax, y equipos multifunción.
• Hardware y software que de forma clara no se puedan relacionar con una mejora de la gestión comercial, tales como el tratamiento de imágenes y sonido, diseño, obras de consulta que no correspondan a la actividad desarrollada, programas de entretenimiento, etc.
• Instalación e implementación del software y equipos adquiridos.
• Cursos de formación.
• Conceptos consumibles tales como tinta, toner, discos, etc.
Se tendrán especialmente en cuenta las los proyectos de adecuación informática destinados a implantar el sistema de autoservicio, que permitan al vendedor simultanear la atención al cliente con otros posibles servicios que se presten en el local.
El IVA no se considerará como gasto subvencionable en ningún caso.
Requisitos:
Los comercios beneficiarios de estas ayudas deben cumplir los siguientes requisitos:a) Que se encuentren ubicados en núcleos de población de menos de 1.000 habitantes.
b) Que se trate de establecimientos minoristas destinados a la venta de toda clase de artículos al por menor, fundamentalmente de alimentación, droguería y productos para el turista. Concretamente, deberán estar incluidos en alguna de las agrupaciones o epígrafes correspondientes a la clasificación del Impuesto de Actividades Económicas relacionadas a continuación:
— 641, 642, 643, 644, 645, 647.1, 647.2, 647.3, 651, 652.2, 652.3, 652.4, 653, 657, 659.2, 659.3, 659.4, 659.5, 659.6, 659.7 y 662.2.
Quedan excluidas todas las demás divisiones del IAE.
En caso de que la empresa esté dada de alta en dos o más epígrafes del IAE, será considerada beneficiaria siempre que la actividad principal esté incluida dentro de las agrupaciones subvencionables, y las actuaciones realizadas correspondan a esta actividad. Se determinará cual es la actividad principal atendiendo a la superficie de venta destinada a cada actividad.
Dicho extremo debe ser acreditado documentalmente.
c) Que la zona dedicada exclusivamente a la tienda disponga de una superficie de exposición y venta al público no superior a los 200 m². (Quedan excluidos para el cómputo de dicha superficie las oficinas, almacenes y salas de refrigeración, talleres y otros locales dedicados a elaboración o manipulación de productos, aseos, etc).
d) Que la zona dedicada exclusivamente a la tienda se encuentre separada de las áreas del local dedicadas a otras actividades, tales como bar, restaurantes, carnicería, etc.
En este sentido, se valorará especialmente que tal separación esté compartimentada con tabiques, biombos, estanterías, etc).
e) El titular de la actividad, o el local comercial en que se desarrolle la misma, debe tener tres años de antigüedad en el ejercicio de alguna actividad comercial subvencionable, es decir en una actividad dada de alta en los epígrafes del IAE a los que se refiere esta convocatoria. Dicha antigüedad debe estar comprendida dentro de los últimos diez años anteriores a la fecha en que finaliza el plazo de presentación de la solicitud de subvención y el titular debe continuar dado de alta antes de que finalice dicho plazo.
Dicho extremo debe ser acreditado documentalmente.
f) Que dichos establecimientos dispongan de horarios muy amplios a lo largo del año.
g) Que presenten una oferta de productos y servicios realizada con los criterios actualizados del merchandising, incluyendo las acciones de comunicación (publicidad, animaciones y promociones) en el punto de venta.
h) Que estén dispuestos a incorporarse a la Red de Comercios Rurales Asturianos, mediante el correspondiente compromiso.
i) Las personas físicas o jurídicas solicitantes de la subvención deberán estar inscritas en el Registro de Empresas y actividades Comerciales (REAC) o haber solicitado la inscripción en dicho registro a fecha de solicitud de la subvención y reunir los requisitos necesarios para la misma.
j) Que hayan realizado la formación y el asesoramiento personalizado en materia de mechandising, gestión informatizada y atención al cliente con la Cámara de Comercio, Industria y Navegación correspondiente a su jurisdicción y estén dispuestos asumir una parte de la inversión económica presupuestada en su Plan de Mejora.
Se valorará positivamente que el beneficiario disponga de vehículo preparado para realizar ventas a domicilio a residentes en lugares, aldeas, caserías o poblaciones con dificultades para el aprovisionamiento de productos de primera necesidad.
Por otra parte, cuando el titular del comercio rural sea una persona física, se valorará que su residencia se encuentre en un área próxima al establecimiento.
Documentos asociados
Boletín:
04/09/2008
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 207
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 207
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04/09/2008
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 207
Documento: Convocatoria 2008 y Solicitud Descargar Documento
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