Subvenciones para la mejora del aislamiento térmico en edificios del sector terciario (excluidas viviendas) de la campaña 2009-2010.

Código de ayuda:

S69955/09

Norma:

RESOLUCION 2342/2009, de 14 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/12/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover la realización de inversiones para la mejora del aislamiento térmico de los edificios existentes
del sector terciario, con el objetivo de reducir su consumo de energía en calefacción y refrigeración, optimizando con ello la eficiencia e intensidad energética en Navarra.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Innovación, Empresa y Empleo (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de beneficiario de estas subvenciones:

a) Las personas jurídicas, instituciones sin ánimo de lucro, entidades locales, y cualesquiera otras asimilables a las anteriores, que realicen actividades económicas encuadradas en el sector de servicios o sector terciario.

b) Que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento se acredita mediante una declaración responsable incluida en la solicitud.
Las entidades públicas quedan exceptuadas de acreditar el cumplimiento de estos requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Sustitución de huecos (cambio de ventanas, puertas de balcón y lucernarios) que cumplan las siguientes condiciones:

a.1) Deberá sustituirse el conjunto de carpintería y vidrios.

a.2) En el caso de carpintería metálica, deberá tener sistema de rotura de puente térmico (es aconsejable que el espesor de la rotura sea superior a 12 mm).

a.3) El nuevo vidrio deberá tener doble acristalamiento de forma que la suma de los espesores de los vidrios sea al menos de 8 mm (es aconsejable que los espesores de los vidrios sean distintos) y el espesor
de la cámara sea al menos de 10 mm.

a.4) El vidrio deberá ser de tipo bajo emisivo y/o de control solar. Esta condición no será exigible para las inversiones que se hayan realizado entre el 16 de octubre de 2008 y la publicación de esta convocatoria.

b) Rehabilitaciones a las que les es de aplicación la Sección HE 1 del Código Técnico de la Edificación (CTE): modificaciones, reformas o rehabilitaciones de edificios existentes con una superficie útil superior a
1.000 m² donde se renueve más del 25% del total de sus cerramientos. Pueden incluir sustitución de huecos.

c) Otras rehabilitaciones, modificaciones o reformas a las que no es de aplicación la Sección HE 1 del Código Técnico de la Edificación (CTE). Pueden incluir sustitución de huecos.

Documentos asociados

Boletín: 11/11/2009
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 139
Documento: Bases, Convocatoria 2009 Descargar Documento