Subvenciones para la mejora de las concesiones de transporte público regular de viajeros de Asturias consideradas de débil tráfico.

Código de ayuda:

S03619/03

Norma:

Resolución de 9 de octubre de 2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 04/11/2003

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Mantener y mejorar el servicio público de transporte regular de viajeros para potenciar los intercambios humanos, culturales y económicos en Asturias, haciendo especial hincapié en las zonas y núcleos de población de peor accesibilidad y con especial atención a las categorías sociales más desfavorecidas que cuentan con los servicios de transporte público como único medio para sus desplazamientos.

Categorías Subvención

  • Transporte

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Importe total de 720.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Titulares de concesiones de líneas regulares de transporte público de viajeros de competencia de la Comunidad Autónoma de Asturias, con independencia de su forma jurídica.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones se otorgarán a las líneas consideradas de débil tráfico, con un número de expediciones semanales inferior a 30 y con bajos niveles de ocupación, que se presten al amparo de concesiones de transporte regular de viajeros de uso general del Principado de Asturias que presenten déficit en su cuenta de explotación, siempre y cuando este déficit sea provocado por el mantenimiento de servicios de débil tráfico y baja ocupación.

Requisitos:

- Haber cumplido regularmente durante el año 2002 y hasta la fecha de presentación de las solicitudes, la obligación de presentar los datos estadísticos ante la Dirección General de Transportes y Puertos del Principado de Asturias.
- No haberse reducido o suprimido expediciones durante el año 2002 en la línea o líneas para las que se solicite la ayuda.
- No haberse comprobado el incumplimiento de las condiciones de la concesión o la falsedad de los datos aportados al expediente, lo que motivará automáticamente su exclusión.

Documentos asociados

Boletín: 20/10/2003
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 243
Documento: Convocatoria Descargar Documento