Subvenciones para la mejora de infraestructuras y/o la adquisicion de equipamiento para empresas de teatro y circo - Convocatoria 2008 - Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S09628/08

Norma:

RESOLUCION CMC/558/2008, de 14 de febrero. RESOLUCION CMC/303/2008, de 28 de enero. RESOLUCION CMC/64/2010, de 7 de enero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/03/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convoca concurso público para la concesión de subvenciones para la mejora de infraestructura y/o adquisición de equipamiento para empresas de teatro y de circo.

Las subvenciones que prevé esta convocatoria se rigen por las bases reguladoras contenidas en el anexo de la Resolución CMC/303/2008, de 28 de enero (DOGC núm. 5068, de 12.2.2008), y por la normativa general de subvenciones.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura y Medios de Comunicación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones se conceden en función de las disponibilidades presupuestarias, teniendo en cuenta la puntuación obtenida, de acuerdo con los criterios de valoración que establece la base 8.

En caso de que se trate de inversiones en obras, el importe concedido no podrá ser superior al 70% del coste total de esta inversión (IVA no incluido).

En caso de que se trate de inversiones en equipamiento técnico, así como de honorarios de los profesionales en la redacción del proyecto, si es el caso, el importe concedido no podrá ser superior al 40% del coste respectivo (IVA no incluido).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Pueden optar a las subvenciones las empresas teatrales domiciliadas en Cataluña o en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con establecimiento permanente en Cataluña.

Se establecen dos grupos de destinatarios, en función de la modalidad de las subvenciones:

a) En la modalidad de subvenciones prevista en el apartado a) de la base 1: las compañías de teatro y de circo profesionales organizadas como empresas privadas.
b) En la modalidad de subvenciones previstas en el apartado b) de la base 1: las empresas privadas titulares de salas de teatro ubicadas en Cataluña, excepto las de la ciudad de Barcelona, en régimen de propiedad, arrendamiento o usufructo, que hayan realizado durante los dos años anteriores al de la publicación de la convocatoria un mínimo de 50 representaciones anuales de teatro profesional o de 25
representaciones de teatro profesional durante el último año de funcionamiento, en el caso de salas en las que se haya producido cese de la actividad.

No pueden optar a las subvenciones las entidades sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El objeto de esta línea de subvenciones es colaborar en la mejora de infraestructuras y/o la adquisición de equipamiento para empresas de teatro y de circo correspondientes al año de publicación de la convocatoria, en las siguientes modalidades:

a) Subvenciones a compañías de teatro y circo para la mejora de las infraestructuras y/o la adquisición de equipamiento.
b) Subvenciones a salas privadas de teatro de Cataluña, excepto a las de la ciudad de Barcelona, para la mejora de infraestructuras y/o la adquisición de equipamiento.
Se incluyen los gastos correspondientes a los honorarios de los profesionales por la redacción del proyecto.

Se excluyen la mejora de infraestructuras y/o la adquisición de equipamiento para usos que no sean exclusivamente artísticos y las operaciones de arrendamiento financiero contratadas.

Las subvenciones que se conceden de acuerdo con estas bases son compatibles con otras subvenciones por igual concepto del resto de la Generalidad de Cataluña y organismos dependientes, así como de otras administraciones públicas y entidades privadas, sin perjuicio de lo previsto en la base 15.

Las subvenciones que se conceden de acuerdo con estas bases no son compatibles con otras ayudas para el mismo proyecto del Instituto Catalán de las Industrias Culturales, del Departamento de Cultura y Medios de Comunicación de la Generalidad de Cataluña y organismos dependientes.

Requisitos:

Las inversiones deben realizarse durante el año de publicación de la convocatoria.

En el caso de las subvenciones a compañías de teatro y de circo para la mejora de las infraestructuras, el local debe estar ubicado en Cataluña.

En caso de que se solicite la subvención para la rehabilitación de locales de los que se disponga como arrendatario/a, el contrato de arrendamiento debe tener una vigencia de 5 años como mínimo, contados a partir del año de publicación de la convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 12/02/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5068
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 03/03/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5082
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento
Boletín: 25/01/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5552
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento