Subvenciones para la inversion en activos fijos en Centros Especiales de Empleo - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S69637/08

Norma:

Resolucion de 10 de octubre de 2008. Resolucion de 1 de octubre de 2008. Resolucion de 5 de octubre de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de subvenciones a empresas o entidades calificadas como Centros Especiales de Empleo radicadas en Asturias para la realización de inversiones en activos fijos en algunos de los
siguientes proyectos:

a) Construcción, instalación o ampliación de establecimiento.

b) Adaptación de instalaciones.

c) Adquisición o adaptación de equipo o programas informáticos destinados a los trabajadores con discapacidad, incluidas las instalaciones tecnológicas adaptadas o de ayuda.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Servicio Público de Empleo (SEPEPA) (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención se determinará en función de la aplicación a la inversión subvencionable de lo
dispuesto en la base tercera de las reguladoras de la concesión de estas subvenciones en el orden de prelación que resulte de la aplicación de los criterios de valoración establecidos en la base cuarta.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Empresas o entidades calificadas como Centros Especiales de Empleo que en la fecha de solicitud se encuentren inscritos y calificados como tales en el Registro Oficial correspondiente y que radiquen
y desarrollen su labor en Asturias.

Requisitos:

Se consideran subvencionables los activos materiales consistentes en terrenos, edificios e instalaciones, maquinaria y equipos. En el sector del transporte, no serán subvencionables los medios y equipos de transporte de mercancías por carretera y el transporte aéreo.

Se consideran asimismo subvencionables los activos inmateriales consistentes en transferencia de tecnología en forma de adquisición de patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos patentados y conocimientos técnicos no patentados, y que reúnan los requisitos de ser explotados exclusivamente en el establecimiento beneficiario de la ayuda, ser considerado elemento del activo amortizable, ser adquirido a un tercero en condiciones de mercado y figurar en el activo de la empresa.

Documentos asociados

Boletín: 06/11/2008
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 258
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 07/11/2008
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 259
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 27/10/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 249
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento