Subvenciones para la intervención en zonas con necesidades de transformación social.

Código de ayuda:

S18100/04

Norma:

Orden de 18 de junio de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/07/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones destinadas a la financiación de actuaciones en Zonas con Necesidades de Transformación Social.

Se consideran Zonas con Necesidades de Transformación Social aquellos espacios urbanos claramente delimitados, en cuya población concurran situaciones estructurales de pobreza grave y marginación social, y en los que sean significativamente apreciables problemas en las siguientes materias:
a) Vivienda, deterioro urbanístico y déficit en infraestructura, equipamiento y servicios públicos.
b) Elevados índices de absentismo y fracaso escolar.
c) Altas tasas de desempleo junto a graves carencias formativas profesionales.
d) Significativas deficiencias higiénico sanitarias.
e) Fenómenos de desintegración social.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Sin especificar.
En ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas o de otros Entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la actuación a desarrollar por el beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) Los Ayuntamientos y sus Organismos Autónomos de municipios con población superior a veinte mil habitantes.
b) Las Diputaciones Provinciales y sus Organismos Autónomos para la intervención en municipios con población inferior a veinte mil habitantes.
c) Los Mancomunidades de Municipios, pertenecientes al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
d) Los Consorcios de Municipios pertenecientes al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
e) Las Entidades privadas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La financiación de los siguientes conceptos:
- Programas: entendidos como aquellas actuaciones de carácter específico y extraordinario, complementarias de las realizadas por las distintas entidades públicas en Zonas con Necesidades de Transformación Social.
- Equipamiento: destinada a financiar la adquisición de los bienes muebles necesarios para el desarrollo de las actuaciones mencionadas en el párrafo anterior y/o mejorar instalaciones existentes en la zona objeto de intervención.

La realización de programas irán dirigidas a las siguientes áreas de intervención:
A) Educativa.
B) Inserción Sociolaboral y Promoción Económica.
C) Promoción Social y Sociocultural.

Tendrán prioridad aquellas actuaciones extraordinarias, complementarias y coherentes a un Plan Local de Inclusión.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidos.
b) Cumplir las obligaciones en materia de autorización y registro establecidas en el Decreto 87/1996, de 20 de febrero, por el que se regula la autorización, registro, acreditación e inspección de los Servicios Sociales de Andalucía.
c) Tener su ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Documentos asociados

Boletín: 29/06/2004
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 126
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 29/06/2004
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 126
Documento: Solicitud y Anexos Descargar Documento