Subvenciones para la innovación y renovación de campamentos públicos de turismo dirigidas a la implantación de sistemas de calidad y gestión medioambiental.

Código de ayuda:

S05446/05

Norma:

Orden de 4 de febrero de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/03/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las acciones encaminadas a la creación y mejora de campamentos públicos de turismo que conduzcan a la implantación de sistemas de calidad y gestión medioambiental.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los proyectos que se contemplan en esta orden como acciones subvencionables, podrán alcanzar una ayuda económica de hasta el 30% sobre la inversión subvencionable.
A dicha cantidad se le añadirán 6.100 € por puesto de trabajo a crear con carácter indefinido y que supere el porcentaje mínimo de contratación estable que, para ser beneficiario de subvención, se exige en esta orden.
En todo caso, el porcentaje máximo de ayuda no podrá superar, en ningún caso, el 40% del coste del proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de subvenciones para la innovación y renovación de campamentos públicos de turismo los titulares de campamentos públicos de turismo, en cualquiera de las formas de posesión que determina el código civil, siempre y cuando desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables los proyectos dirigidos a financiar las siguientes actuaciones:
1. Creación de campamentos públicos de turismo de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.
2. Actuaciones de mejora de los campamentos públicos que cuenten con la autorización de apertura de la Administración turística relativas a:
a) Proyectos dirigidos a la implantación del sistema de gestión de calidad de camping, de acuerdo con la normativa establecida por el Instituto de Calidad Turística Española (ICTE), tales como:
* Reforma y modernización de las instalaciones fijas de uso colectivo, accesos, viales, aparcamientos, cerramientos, sistemas de seguridad etc.
* Incorporación de nuevos servicios y realización de inversiones encaminadas a la mejora de la calidad con el objetivo de la obtención de una marca de calidad reconocida, incluyendo certificaciones medioambientales.
b) Proyectos relativos a la renovación, tecnificación e innovación de los campamentos de turismo autorizados por la Admón. turística que conduzcan a la implantación de sistemas de protección y mejora medioambiental, tales como:
* Actuaciones dirigidas a la implantación de tecnologías que permitan un mejor uso y depuración de las aguas, gestión energética, emisiones atmosféricas, vertido de aguas, generación y tratamiento de residuos y contaminación acústica.
* Reforma y modernización de las instalaciones eléctrica, de agua potable y tratamiento y eliminación de residuos sólidos y aguas residuales y servicios higiénicos.
* Actuaciones que permitan evitar, reducir o controlar la contaminación, como el reciclaje o tratamiento de residuos, sustitución de materiales etc.
c) Proyectos dirigidos a la modernización y remodelación de las instalaciones existentes, la sustitución de los equipos obsoletos de dichas instalaciones así como la creación y mejora de la oferta complementaria.

No formará parte de la inversión subvencionable la adquisición de terrenos, así como ningún tipo de tasa o impuesto.
Será subvencionable el equipamiento y mobiliario así como los honorarios técnicos.

Documentos asociados

Boletín: 18/02/2005
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 34
Documento: Convocatoria y Solicitud Descargar Documento