Subvenciones para la incorporación de personas doctoradas y tecnólogas a empresas, organismos intermedios, centros de investigación y desarrollo, centros tecnológicos y oficinas de transferencia de resultados de investigación (OTRIs).

Código de ayuda:

S01973/03

Norma:

Orden de 7 de agosto de 2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/10/2003

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Incorporación de personas doctoradas y tecnólogas a empresas, centros tecnológicos y centros de investigación y desarrollo.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención que recibirá cada entidad el primer año será de, como máximo, veintiocho mil cuatrocientos ochenta y ocho 28.488 euros en el caso de los doctores/as y de 20.987 euros en el caso de los tecnólogos/as. En el supuesto de que se otorguen nuevas subvenciones a Entidades beneficiarias de anteriores convocatorias de estas bases para el segundo año la cuantía de la subvención será, como máximo, del 80% (22.790 euros en el caso de los doctores/as y de 16.786 euros en el caso de tecnólogos/as). Y en su caso, para el tercer año será, como máximo, del 70% (18.992 euros para los doctores/as y de 13.988 euros para los tecnólogos/as), en el caso en que la entidad y el doctor/a o tecnólogo/a contratado decidan ampliar la duración del contrato, transformándolo en indefinido si no tuviera ya ese carácter.
La subvención que se conceda, no podrá superar para empresas el 85% y el 100% para entidades sin ánimo de lucro, de los costes laborales, incluida la seguridad social, efectivamente realizadas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Empresas, organismos intermedios, centros de investigación y desarrollo, centros tecnológicos y oficinas de transferencia de resultados de investigación que cumplan.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A. Proyectos de investigación industrial/aplicada.- Orientados a la investigación básica que estará planificada para la adquisición de nuevos conocimientos que puedan resultar de utilidad para la creación o mejora de productos, procesos o servicios tecnológicos.

B. Proyectos de desarrollo precompetitivo.- Proyectos dirigidos a la materialización de los resultados de la investigación industrial en un plano, esquema o diseño para productos, procesos o servicios de tecnología nueva, modificada o mejorada, destinados a su venta o su utilización, incluida la creación de un primer prototipo no comercializable.

Se incluyen también los diagnósticos tecnológicos y los proyectos de mejora de la gestión de la investigación técnica.

C. Proyectos de innovación tecnológica.- Actividad cuyo resultado es la obtención de nuevos productos o procesos de producción, o de mejoras sustanciales, tecnológicamente significativas, de los ya existentes. Se consideran nuevos aquellos productos o procesos cuyas características o aplicaciones, desde el punto de vista tecnológico, difieran sustancialmente de las características o aplicaciones existentes con anterioridad.

D. Proyectos de demostración tecnológica.- Destinados al desarrollo de proyectos piloto o demostraciones iniciales derivados de proyectos precompetitivos no utilizables para aplicaciones industriales o para su explotación comercial.

E. Proyectos dirigidos a fomentar la gestión de transferencia de tecnología y la innovación empresarial.- Impulsar la transferencia tecnológica mediante la creación de empresas spinoff o similares, licenciando y transfiriendo tecnologías de valor añadido para el sector empresarial, y/o promoviendo servicios especializados de información, asesoramiento y asistencia a empresas, proporcionar servicios de información y otros servicios e instrumentos de apoyo que faciliten la interacción de los centros y grupos de investigación con las empresas, facilitando el acceso de éstas a los recursos y capacidades disponibles en los centros de investigación.

Requisitos:

a) Que cuenten, al menos, con un centro de trabajo al que vaya a adscribirse el doctor/a o tecnólogo/a contratado mediante las ayudas de esta convocatoria, ubicado en Canarias.
b) Que se trate de empresas o centros que deseen iniciar un proyecto de I + D + I o reforzar una línea de I + D + I ya existente.
c) Que, en el caso de empresas, las subvenciones se apliquen para llevar a cabo actividades de I + D adicionales respecto de las que habitualmente venga realizando la empresa.

Documentos asociados

Boletín: 19/08/2003
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 159
Documento: Convocatoria Descargar Documento