Subvenciones para la implantacion y/o desarrollo de las nuevas tecnologias en las bibliotecas publicas integradas en el Sistema Nacional de Bibliotecas de Euskadi.

Código de ayuda:

S56682/07

Norma:

ORDEN de 4 de julio de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/09/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La implantación y/o el desarrollo de las nuevas tecnologías en las bibliotecas públicas de su titularidad integradas en el Sistema Nacional de Bibliotecas de Euskadi en el ejercicio 2007.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi titulares de bibliotecas integradas en el Sistema Nacional de Bibliotecas de Euskadi bien sea a título individual, bien a través de entidades legalmente constituidas que engloben a varios de ellos en cuyo objeto se encuadre la gestión común del servicio de biblioteca pública.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán susceptibles de ser financiadas las actuaciones singulares de adquisición y/o instalación de elementos
necesarios para la implantación y/o desarrollo de las nuevas tecnologías en las bibliotecas del Sistema Nacional de Bibliotecas de Euskadi, que se materialicen en el ejercicio 2007.

Las actuaciones de inversión que formen parte de un proyecto de inversión con un marco temporal de
implantación que rebase el ejercicio 2007, serán subvencionables siempre que se realicen en 2007 y sean susceptibles de uso independiente y de determinación de coste individualizado.

En concreto será objeto de subvención la adquisición y/o instalación de:

a) Hardware o soporte físico. Se incluyen los ordenadores y sus diferentes componentes, así como cualquier otro elemento material implicado en su funcionamiento o que requiera de ellos para su uso, tanto
cuando se opere de forma autónoma como cuando se haga en red (ordenadores de sobremesa, ordenadores portátiles, pdas, escáner, pantallas planas, periféricos, routers, unidades de almacenamiento, tarjetas gráficas, ratones, auriculares, impresoras, etc.).

b) Software o soporte lógico de sistemas informáticos. Entendido como el conjunto de programas y procedimientos necesarios para hacer posible la realización de una tarea específica. Al efecto, se considerarán comprendidos en esta apartado el software de sistemas y el software de aplicaciones que no sean sistemas de gestión bibliotecaria.

c) Telecomunicaciones. Instalación de redes de comunicación ya sean de cableado o inalámbricas.

Documentos asociados

Boletín: 23/07/2007
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 141
Documento: Bases, Convocatoria 2007 y Anexos Descargar Documento