Subvenciones para la implantación y difusión de la sociedad de la información y de la sociedad del conocimiento, dirigidas a colegios profesionales, para el año 2006, dentro del proyecto «Teruel Digital».

Código de ayuda:

S34428/06

Norma:

ORDEN de 28 de agosto de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/10/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden convocar las subvenciones destinadas a la implantación y difusión de la sociedad de la información y de la sociedad del conocimiento, de acuerdo con las bases reguladoras de esta línea de ayuda establecidas en el Decreto 119/2005, en su redacción dada por el Decreto 170/2006.

Las subvenciones se regirán por esta convocatoria y por lo previsto en el Decreto 119/2005, así como en el resto de la normativa estatal o autonómica aplicable a las subvenciones otorgadas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Educación, Ciencia, y Universidades (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Dentro del crédito disponible, la cuantía máxima individualizada de la subvención a otorgar será de 25.000 euros por beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los colegios profesionales regulados por la Ley de Colegios Profesionales de Aragón 2/1998, de 12 de
marzo, que hayan de realizar inversiones relacionadas con las actuaciones previstas en el apartado anterior y que sean seleccionados conforme a los criterios de valoración establecidos en el apartado cuarto de esta Orden.


¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La ejecución de proyectos dirigidos a la modernización de los sistemas de comunicación interna de los colegios profesionales que implique el desarrollo de aplicaciones telemáticas que incorporen, entre otros, módulos o herramientas de firma electrónica, certificados, o DNI electrónico, de modo que faciliten el
ejercicio de la profesión de los miembros colegiados, en el envío y recepción de comunicaciones con el grado de confidencialidad y seguridad máximo, así como la participación de los miembros colegiados en la gestión del mismo.

El periodo de ejecución de las actuaciones realizadas se prolongará hasta el 30 de octubre del presente año.

Requisitos:

Deberán tener su domicilio social en la provincia de Teruel o poseer la sede de su delegación o delegados en dicha provincia.

No podrán obtener la condición de beneficiario los colegios profesionales que se encuentren incursos en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones y que les sean de aplicación.

No podrán obtener la condición de beneficiario quienes no se hallen al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social, así como quienes tengan alguna deuda de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón.

Para la acreditación de dichos requisitos, la presentación de la solicitud para la concesión de la subvención por parte del beneficiario conllevará la autorización al órgano gestor para recabar tanto los certificados a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y por la Tesorería General como por los órganos de la Administración tributaria de la Comunidad Autónoma.

Documentos asociados

Boletín: 20/06/2005
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 73
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 20/09/2006
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 109
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento