Subvenciones para la implantación y difusión de la sociedad de la información y de la sociedad del conocimiento, dirigidas a PYMEs y microempresas aragonesas del sector de las tecnologías de la información y las comunicaciones y modificaciones.

Código de ayuda:

S08873/06

Norma:

ORDEN de 14 de marzo de 2006. ORDEN de 11 de julio de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/04/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las subvenciones para la implantación y difusión de la sociedad de la información y de la sociedad del conocimiento para el año 2006, de acuerdo con las bases reguladoras de esta línea de ayuda establecidas en el Decreto 119/2005.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Educación, Ciencia, y Universidades (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Dentro del crédito disponible, la cuantía individualizada de la subvención a otorgar será de un máximo de 15.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas y medianas empresas (PYMEs) y microempresas del sector de tecnologías de la información y las comunicaciones que, con domicilio social en la Comunidad Autónoma de Aragón o con oficinas o delegaciones en dicha Comunidad Autónoma.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideraran actuaciones subvencionables las destinadas a la adaptación e integración de aplicaciones del sector turístico, o relacionadas con este, en la plataforma del Digital Business Ecosystem (DBE).

Dichas actuaciones deberán constar de las siguientes fases:
a) Fase 1. Análisis, diseño e integración de una aplicación existente del sector turístico al DBE.
b) Fase 2. Implantación en un mínimo de dos usuarios finales de la aplicación adaptada a la plataforma como prueba piloto de la integración.

La financiación cubrirá las actuaciones subvencionables realizadas durante el año 2006, con anterioridad al 30 de septiembre.

Se considerará gasto subvencionable la inversión generada en el software necesario para la integración de la aplicación del sector turístico existente, a la plataforma del DBE.
La forma de cuantificar dicha inversión se realizará a través de los gastos necesarios para su generación:
a) El gasto de personal de gestión y técnico destinado al análisis, diseño, desarrollo y pruebas que conlleve la integración de la aplicación y a la implantación de la prueba piloto, incluida la formación requerida en los usuarios finales.
b) La adquisición del software de base y equipos necesarios para el desarrollo y pruebas del mismo.
c) Otros gastos directamente imputables a la generación del software integrado.

Documentos asociados

Boletín: 20/06/2005
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 73
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 29/03/2006
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 37
Documento: Convocatoria 2006 y Solicitud Descargar Documento
Boletín: 28/07/2006
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 86
Documento: Modificación Descargar Documento