Subvenciones para la implantación de planes integrales de empleo para mujeres desempleadas en los años 2004-2005.

Código de ayuda:

S03019/04

Norma:

Orden de 30 de diciembre de 2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/10/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La mejora de la empleabilidad de las mujeres desempleadas integradas en los correspondientes planes integrales de empleo.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Economía, Hacienda y Empleo (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) En la Reincorporación de mujeres ausentes del mercado laboral durante, al menos, tres años:
1. A las Entidades promotoras:
- 900 euros por cada una de las desempleadas participantes en el
proyecto.
- Una ayuda por un importe de 4.200 euros por cada contrato indefinido inicial y a jornada completa de las desempleadas insertadas y participantes en el proyecto.
- Una ayuda por un importe de 4.200 euros por cada contrato indefinido inicial y a jornada completa de las desempleadas insertadas y participantes en el proyecto.
- Una ayuda de de 1.200 euros por contrato temporal y a jornada completa, siempre que tenga una duración, al menos, de seis meses.
- Una ayuda de 3.000 euros por conversión en indefinidos de los contratos temporales celebrados durante la vigencia del programa.
- Una ayuda de 900 euros por cada supuesto de autocolocación o de
autoempleo de las desempleadas participantes en el Plan, una vez finalizado el tercer mes de participación en el itinerario.
2. A la entidad empleadora del proyecto:
- Ayuda a la contratación indefinida a jornada completa consistente en 5.000 euros por cada inserción de carácter estable, por contrato indefinido inicial o por conversión de contrato temporal celebrado durante la vigencia del Plan, de las mujeres participantes en el proyecto.
- Ayuda a la contratación indefinida a tiempo parcial, siempre que el
contrato tenga, al menos, una duración de 20 horas semanales, consistente en 4.000 euros por el primer contrato suscrito. Para el segundo contrato suscrito por la misma empresa con otras desempleadas, la subvención será de 5.000 euros.
Para el tercer o ulteriores contratos suscritos por la misma empresa con otras desempleadas, la subvención anterior será de 6.000 euros por contrato.

b) Del Plan Integral de Empleo para Mujeres Víctimas de Violencia
Doméstica:
1. A la entidad promotora del proyecto:
- Una ayuda por atención a la desempleada en su itinerario de inserción a razón de 1.200 euros por cada una de las desempleadas participantes en el proyecto.
- Una ayuda por un importe de 7.500 euros por cada contrato indefinido inicial y a jornada completa de las desempleadas insertadas y participantes en l proyecto.
- Una ayuda por un importe de 3.000 euros por contrato temporal y a
jornada completa, siempre que tenga una duración, al menos, de seis meses, o de 1.500 euros si la duración del contrato es, al menos, de tres meses.
- Una ayuda de 4.500 euros por conversión de los contratos temporales celebrados durante la vigencia del programa.
- Una ayuda de 900 euros por cada supuesto de autocolocación o de
autoempleo de las desempleadas participantes en el Plan.
2. A la entidad empleadora del proyecto:
- Una ayuda por importe de 6.000 euros por cada inserción de carácter estable, por contrato indefinido inicial o conversión de contrato temporal celebrado durante la vigencia del Plan, y a jornada completa de las mujeres participantes en el proyecto.
- Una ayuda de 3.000 euros por cada contrato de seis meses como mínimo y a jornada completa de las desempleadas participantes en el proyecto, o de 1.500 euros en el caso de que el contrato sea de tres meses como mínimo y a jornada completa.

c) Por gastos de guardería y cuidado de familiares dependientes:
una ayuda de hasta 100 euros al mes y por mujer desempleada
participante en alguno de los planes que recoge esta orden, en concepto de gastos de guardería y cuidado de familiares dependientes, con un límite máximo de 1.800 euros por beneficiaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

1. En calidad de entidades promotoras de los itinerarios de inserción:
a) Las administraciones locales, así como las entidades dependientes de una Administración local o vinculadas a ella, ubicadas en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana.
b) Las entidades que hayan suscrito pactos territoriales para el empleo a través de convenios de colaboración con la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo.
c) Las universidades situadas en el ámbito territorial de la Comunidad
Valenciana.
d) Cámaras de Comercio situadas en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana.
e) Las entidades sin ánimo de lucro que acrediten experiencia en la realización de procesos de inserción laboral de desempleados.

2. En calidad de entidades empleadoras, las personas físicas y las entidades públicas y privadas que, estando domiciliadas y realizando su actividad en el territorio de la Comunidad Valenciana, contraten a las desempleadas participantes en los planes integrales de empleo para desarrollar su actividad laboral en centros de trabajo radicados en la Comunidad Valenciana.

3. En calidad de beneficiarias de la ayuda por gastos de guardería y de cuidado de familiares dependientes, las mujeres desempleadas participantes en los planes recogidos en esta orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Apoyar los planes integrales de empleo dirigidos a los siguientes colectivos de mujeres desempleadas:
a) Reincorporación de mujeres ausentes del mercado laboral durante, al menos, tres años.
b) Mujeres víctimas de violencia doméstica.
c) Atender gastos de guardería y de cuidado de familiares dependientes durante la realización de los itinerarios de inserción.

Requisitos:

Sin especificar.

Documentos asociados

Boletín: 11/02/2004
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4689
Documento: Programa / Plan Descargar Documento