Subvenciones para la implantación de Planes Integrales de Empleo para la recolocación de trabajadores afectados por procesos de reconversión o de reestructuración de empresas.

Código de ayuda:

S03046/04

Norma:

Orden de 30 diciembre de 2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/10/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Favorecer la reinserción laboral y el mantenimiento de la vida activa de aquellos trabajadores que han pasado a una situación de desempleo como consecuencia de un expediente de regulación de empleo autorizado por la autoridad laboral competente.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Economía, Hacienda y Empleo (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. A la entidad promotora del proyecto:
- Una ayuda por atención al desempleado en su itinerario de inserción a razón de 900 euros cada uno de los desempleados participantes en el proyecto, acumulable a las ayudas descritas en los párrafos siguientes.
- Una ayuda por un importe de 4.200 euros por cada contrato indefinido inicial y a jornada completa de los desempleados insertados y participantes en el proyecto.
- Una ayuda por contrato temporal y a jornada completa de 1.200 euros, siempre que tenga una duración de, al menos, seis meses. A estos efectos, se aceptará la concertación de dos contratos de una duración mínima de tres meses con un mismo trabajador.
- Una ayuda de 3.000 euros por conversión en indefinidos de los contratos temporales celebrados durante la vigencia del programa.
- Una ayuda de 900 euros por cada supuesto de autocolocación o de autoempleo de los desempleados participantes en el Plan que se produzca a partir del tercer mes de participación en el itinerario.
- Si estas contrataciones fueran a tiempo parcial, podrán ser objeto de subvención siempre que el contrato tenga, al menos, una duración de 20 horas semanales, con reducción proporcional del importe de la ayuda prevista.

2. A la entidad empleadora del proyecto:
Una ayuda de 6.000 euros por cada inserción de carácter estable, por contrato indefinido inicial o conversión de contrato temporal celebrado durante la vigencia del Plan, y a jornada completa de los desempleados participantes en el proyecto. Si este contrato lo fuera a tiempo parcial, podrá ser objeto de subvención siempre que tenga al menos una duración de 20 horas semanales, con reducción proporcional del importe de la ayuda prevista.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

1. En calidad de entidades promotoras de los itinerarios de inserción:
a) Las asociaciones empresariales del sector económico al que pertenezca la actividad de la empresa en la que se produzca el despido colectivo.
b) Las administraciones locales, así como las entidades dependientes de una administración local o vinculadas a ella, ubicadas en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana.
c) Las entidades que hayan suscrito pactos territoriales para el Empleo a través de convenios de colaboración con la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo.
d) Las entidades sin ánimo de lucro que acrediten experiencia en la realización de procesos de inserción laboral de desempleados.

2. En calidad de entidades empleadoras:
Las personas físicas y las entidades públicas y privadas que, estando domiciliadas y realizando su actividad en el territorio de la Comunidad Valenciana, contraten a los desempleados participantes en el Plan Integral de Empleo para desarrollar su actividad laboral en centros de trabajo radicados en la Comunidad Valenciana.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La reinserción laboral y el mantenimiento de la vida activa de aquellos trabajadores que hayan visto rescindido su contrato de trabajo como consecuencia de un proceso de despido colectivo a través de un expediente de regulación de empleo.

Requisitos:

Sin especificar.

Documentos asociados

Boletín: 11/02/2004
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4689
Documento: Programa / Plan Descargar Documento