Subvenciones para la gestión de actividades de las asociaciones de personas consumidoras y el desarrollo de sus programas y proyectos en materia de consumo.

Código de ayuda:

S34755/25

Norma:

Resolución de 17/12/2025. Orden 92/2024, de 28 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de enero de 2026.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 40.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la gestión de actividades de las asociaciones de personas consumidoras y el desarrollo de sus programas y proyectos en materia de consumo.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Consumo

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Sanidad (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se podrá financiar hasta el 100% del coste total del programa o servicio, hasta un máximo por entidad beneficiaria de 40.000€.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán concurrir a las convocatorias de estas subvenciones las asociaciones de personas consumidoras que figuren inscritas en el Registro de Organizaciones de Consumidores y Usuarios de Castilla-La Mancha antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos de personal (nóminas y seguros sociales)

b) Gastos generales: aquellos gastos corrientes derivados de la utilización, exclusivamente que le es propia, de los inmuebles de las entidades, y que estén directamente ligados a las actividades subvencionables, en concreto pueden ser los siguientes:
1º Alquiler de bienes muebles y/o inmuebles
2º Gastos de limpieza y mantenimiento
3º Gastos de suministros de energía eléctrica y agua
4º Gastos de telefonía e internet

c) Gastos específicos: necesarios para la actividad, como puedan ser los siguientes:
1º Material fungible
2º Prestaciones de imprenta y postal
3º Edición de materiales didácticos, formativos e informativos, ya sea en formato papel o en formato digital
4º Soportes digitales
5º Difusión y publicidad
6º Mantenimiento y actualización de páginas web de la Asociación u organización, siempre y cuando sea accesible, en cuanto a información, a todas las personas consumidoras y usuarias

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas en los registros oficiales que corresponda.

b) Carecer de fin de lucro.

c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determina en el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, así como en el Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-a Mancha en materia de subvenciones.

d) Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

e) Disponer de la estructura, capacidad y solvencia suficientes para garantizar el desarrollo de las actividades subvencionadas.

f) No estar incursa en ninguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

g) No hallarse quienes ejerzan la representación legal de las asociaciones o entidades en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

h) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales cuando proceda según la normativa de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados/as, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante todo el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

i) No haber sido sancionada por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, salvo cuando acrediten haber cumplido con la sanción o la pena impuesta y hayan elaborado un plan de igualdad o adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres.

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