Subvenciones para la formación modular destinada a la cualificación y recualificación de la población activa, en el marco del componente 20, Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea -Next Generation EU-.- Convocatoria para el periodo 2022-2023.

Código de ayuda:

S12991/23

Norma:

Orden 223/2022, de 21 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de octubre de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones para la formación modular destinada a la cualificación y recualificación de la población activa, en el marco en el marco del componente 20 Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea - Next Generation EU-, y se realiza su convocatoria para el periodo 2022-2023.

Categorías Subvención

  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Economía, Empresas y Empleo (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

1. Las entidades y centros de formación, públicos y privados, acreditados y/o inscritos en el Registro Estatal de Entidades de Formación.

2. Empresas, a título individual.

3. Agrupaciones de empresas, consorcios, organismos y entidades sectoriales.

4. Entidades sin ánimo de lucro.

Requisitos:

a) Hallarse al corriente del pago de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.

b) No estar incursa en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-la Mancha.

c) No estar incursos en ninguna de las circunstancias que recoge el artículo 13. 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) Cumplir con la normativa de Prevención de Riesgos Laborales.

e) Disponer de instalaciones y recursos humanos suficientes que garanticen su solvencia técnica.

f) No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha.

Documentos asociados

Boletín: 30/11/2022
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 230
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2023 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 03/03/2023
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 44
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento