Subvenciones para la formacion de conductores profesionales.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S25746/12

Norma:

ORDEN de 7 de mayo de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/08/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder subvenciones para la obtención de permisos de conducir de carácter profesional y para la realización de actividades de formación y prácticas complementarias por conductores.

Categorías Subvención

  • Formación
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Vivienda y Administración Local (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención cubrirá el total de gastos realizados, de los contemplados en el artículo 3, hasta un máximo de 600 euros por beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Los realizados para la obtención de un permiso de conducir de carácter profesional en concepto de matrícula, clases de preparación y tasas de presentación a examen.

b) Los correspondientes a los cursos indicados en el apartado c) del artículo anterior.

Requisitos:

a) Estar empadronado en un municipio de la Comunidad deMadrid con una antigüedad mínima de un año a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria.

b) Haber obtenido un permiso de conducir de carácter profesional en los dieciocho meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.

A estos efectos se considerarán de carácter profesional las siguientes clases de permisos de conducir: C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E.

c) Haber realizado algún curso de formación sobre materias relacionadas con el transporte con una duración mínima de 40 horas, distinto de los preparatorios para la obtención del propio permiso de conducir en los dieciocho meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.

En otro caso, haber sido contratado por alguna empresa para realizar trabajos de conductor o haber
iniciado la actividad de transportista como trabajador autónomo en el período señalado en la letra b). Se considerará cumplido este requisito por las personas que hayan realizado el curso de formación inicial para la obtención del certificado de aptitud profesional (CAP) en el período señalado en la letra b).

d) No haber obtenido subvención de la Comunidad deMadrid para esta misma finalidad en anteriores convocatorias.

e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no tener deudas o sanciones de naturaleza tributaria con la Comunidad de Madrid, salvo que estén debidamente garantizadas.

f) No hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones contempladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 06/07/2012
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 160
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento