Subvenciones para la financiación de proyectos y actividades de promoción y fomento del voluntariado en Castilla-La Mancha.

Código de ayuda:

S07473/03

Norma:

Orden de 19-12-2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/02/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La realización de proyectos y actividades voluntarias de bienestar social, así como de impulso y fomento del voluntariado entre los ciudadanos de Castilla-La Mancha.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Bienestar Social (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Sin determinar.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

1. Las entidades públicas locales que promuevan iniciativas de voluntariado en provecho de la comunidad, cuyo fin sea fomentar la participación ciudadana en proyectos de acción solidaria.
2. Las entidades privadas que cumplan con los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Proyectos y/o Programas relacionados con el Voluntariado:
- Canalización de los proyectos hacia los sectores más necesitados en materia de bienestar social.
- Promoción de actividades formativas básicas y específicas que permita el mejor desarrollo de las acciones voluntarias de bienestar social.
- Proyectos destinados al mayor reconocimiento social de la figura del voluntario.

Requisitos:

Las Entidades privadas deberán:
1. Hallarse legalmente constituidas y gozar de capacidad jurídica y de obrar en España.
2. Hallarse acreditadas como entidades de voluntariado, e inscritas en el Registro Central de Entidades de Voluntariado de la Consejería de Bienestar Social, conforme a lo establecido en la Ley de Voluntariado de CastiIla-La Mancha.
3. Carecer de fines de lucro.
4. Acreditar en la forma establecida en el apartado correspondiente de la presente Orden que se hallan al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
5. Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria para ello.
6. Haber justificado, en su caso, las ayudas económicas recibidas por parte de la Consejería de Bienestar Social para fines análogos y no hallarse inmerso en procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o procedimiento sancionador incoado por tal motivo.

Documentos asociados

Boletín: 29/12/2003
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 182
Documento: Convocatoria Descargar Documento