Subvenciones para la financiación de proyectos de educación para el desarrollo.- Convocatoria 2022.

Código de ayuda:

S16973/22

Norma:

Resolución de 10/03/2022. Orden 154/2017, de 5 de septiembre. Orden 166/2018, de 19 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 21 de abril de 2022.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 25.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La financiación de proyectos de educación para el desarrollo en Castilla-La Mancha, con la finalidad de construir una nueva sociedad civil, participativa y comprometida con la paz y solidaridad entre los pueblos, el respeto y defensa de los derechos humanos, la preservación del medioambiente, la equidad de género y la promoción y consecución de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Bienestar Social (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo por cada proyecto es de 25.000 euros.

Con el importe de la subvención se podrá financiar hasta el 100% del coste total del proyecto subvencionado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Entidades sin ánimo de lucro (como una entidad o en agrupación de entidades).

Requisitos:

Estar legalmente constituida como asociación o fundación sin finalidad lucrativa.

Gozar de capacidad jurídica y de obrar en España.

Tener como finalidad la realización de actividades relacionadas con los principios y objetivos de la cooperación internacional para el desarrollo y/o la sensibilización y educación para el desarrollo.

Estar inscrita en el correspondiente registro. No hallarse incursa en cualquiera de las circunstancias determinadas en el art.13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. No encontrarse su representante legal en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales conforme a lo establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

Que el personal de la entidad no haya sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, según la legislación vigente.

Documentos asociados

Boletín: 11/09/2017
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 176
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 23/11/2018
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 229
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
Boletín: 22/03/2022
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 56
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto y Completa) Descargar Documento